Super del Medio Ambiente formuló cargos a Marine Harvest por fuga de...

Super del Medio Ambiente formuló cargos a Marine Harvest por fuga de salmones

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Luego de la fuga masiva de peces ocurrida durante julio en el Centro de Engorda de Salmones (CES) Punta Redonda, en la isla Huar, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) constató su deficiente operación, circunstancia que conlleva un daño ambiental.
Por ello, formuló cargos en contra de la empresa Marine Harvest Chile S.A., titular de dicho CES, ubicado en Calbuco, por incumplimientos a las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental (RCA) N° 2040/2001 y N° 539/2011.
Punta Redonda corresponde a un centro de engorda en una concesión de acuicultura de 14,05 hectáreas, para la instalación de balsas-jaulas, un pontón habitable y un sistema de ensilaje. La producción máxima autoriza es de 6.500 toneladas.
El 5 de julio, se escaparon más de 690 mil ejemplares de Salmón del Atlántico desde este centro. Como conclusión de los resultados de las faenas de recaptura hasta el 15 de septiembre, y de acuerdo a los reportes del Sernapesca, ascendieron a 38.286 ejemplares, lo cual equivale a un 5,54% del escape registrado, configurándose, por tanto, la presunción de daño ambiental establecida en la Ley de Pesca.
La SMA realizó fiscalizaciones en conjunto con Sernapesca y Directemar y se detectaron dos incumplimientos a la normativa ambiental: no mantener en el centro las condiciones de seguridad apropiadas ni elementos de cultivo de óptima calidad y resistencia, cuya consecuencia fue el escape masivo de ejemplares del centro.
La segunda fue mantener y operar instalaciones de apoyo en tierra no destinadas a la operación de ensilaje.
La primera de las infracciones fue clasificada como gravísima, por constituir daño ambiental no susceptible de reparación, por lo que el titular arriesga la revocación de la RCA, clausura o multa de hasta 10 mil Unidades Tributarias Anuales (UTA), sin perjuicio de la sanción que pueda imponerse para la reparación del daño ambiental causado.
Mientras que la otra infracción fue clasificada como leve, por lo que el titular podría ser objeto de amonestación por escrito o una multa de una hasta 1.000 UTA.
Tras la notificación de esta formulación de cargos, Marine Harvest tendrá un plazo de 10 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento para el caso de la segunda infracción, y de 15 días hábiles para formular sus descargos respectivos.
Cabe recordar además que la SMA ya había dictaminado Medidas Urgentes y Transitorias, y Medidas Provisionales, consistentes en la detención total del funcionamiento del CES. (SoyChile)

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