Servel acoge 119 denuncias por incumplimiento a ley de propaganda electoral

Servel acoge 119 denuncias por incumplimiento a ley de propaganda electoral

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«Declarase admisible la denuncia presentada por doña M.B.C. en contra de don Julio Sarmiento por infringir el artículo 32 de la Ley 18.700». Así dice la Resolución N° 540 del Servicio Electoral, que abrió un procedimiento administrativo sancionatorio contra el candidato a concejal del PC por Santiago por hacer campaña antes de la fecha estipulada por la legislación.

El reclamo de la denunciante se debe a que el propio aspirante a edil, junto a sus brigadistas estaba repartiendo, el domingo 21 de agosto, 32 días antes de lo legal, «folletería que identifica su candidatura a concejal en calle Gaspar de la Barrera». La denunciante, se lee en el oficio, presentó tres fotos y un testigo que motivaron la investigación el Servel.

Según el Informe del Sistema de Denuncias del organismo, al que accedió Emol, hasta ayer se han recibido 629 denuncias por presuntos incumplimientos a ley de propaganda electoral, de las cuales 119 han sido declaradas admisibles y 316 están en análisis. En tanto, otras 194 han sido declaradas inadmisibles.

Al organismo que dirige el abogado Patricio Santamaría han llegado en total 17 denuncias sólo por repartir propaganda fuera del plazo legal, de las cuales siete fueron declaradas admisibles, entre ellas la que pesa contra Sarmiento; y otras nueve, inadmisibles. En análisis hay una.

Mientras, los otros reclamos que acogidos a trámite tienen que ver con incumplimientos en el tamaño de las pantallas, carteles y banderas de propaganda (39); en actividades de campaña (dos); en la entrega de obsequios, regalos y/o donaciones (seis) en propaganda radio (una) y en vehículo (tres); rayado de muros (siete); recepción de aportes (una); por redes sociales (cinco); por reparto de artículos de campaña (45) y uso de recursos fiscales (una).

Santamaría explica que las sanciones a las que se exponen quienes incumplan la legislación electoral, que varía dependiendo del tipo de denuncia, pero que van desde las 10 UTM hasta las 200 UTM. Es decir, multas de entre $460 mil y $9,2 millones, aproximadamente.

«Las personas que observen que se incumple la ley de propaganda electoral puede hacer la denuncia ante el Servicio Electoral presencialmente en las direcciones regionales, pero también vía Internet en nuestra plataforma digital que es bastante simple de usar, con formularios que hay que completar. Además, se pueden subir fotografías o videos que acrediten la denuncia o señalar testigos que pueden ser citados a declarar. O acudir a los municipios o Carabineros», manifestó a este medio.

El procedimiento sancionatorio administrativo queda a cargo de una funcionaria del Servicio Electoral, que será designada como fiscal. (Emol)

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