Protecciones indebidas

Protecciones indebidas

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Como fiscal nacional del Ministerio Público, 1999 a 2007, tuve conocimiento de varios episodios en la Iglesia Católica que impactaron mi conciencia, y en todos ellos observé una conducta errónea de algunas autoridades eclesiásticas para impedir que los procesos por abusos llegaran hasta el final, sin aplicar las sanciones correspondientes. Estos episodios son relatados en mi libro «Memorias del Primer Fiscal Nacional» (Edición 2011).

-En el año 2002 hubo un proceso en Coquimbo relacionado con la Iglesia Católica, en atención a que hubo una denuncia en contra de un sacerdote por abusos deshonestos cometidos en contra de personas moribundas que recibían la extremaunción. El Tribunal oral lo había condenado y la Corte de La Serena lo había absuelto, pero la Corte Suprema, en un fallo redactado por el ministro Juica, por la vía de la queja, lo condenó. Una autoridad eclesiástica de otra región me insinuó que los testigos de los abusos eran hostiles al sacerdote, porque eran creyentes evangélicos y me trató de convencer de que el rito de la extremaunción requería del sacerdote que hiciera tocaciones en el cuerpo del enfermo grave, pero nunca pude ver ninguna instrucción eclesial en cuanto al pretendido rito (p. 130).

-En la IX Región se denunció a un sacerdote franciscano que se bañaba desnudo junto con un acólito menor de edad y le hacía tocaciones. El fiscal de Carahue, con acuerdo de alguna autoridad de la Iglesia, manifestó su disposición para trasladar al sacerdote a Colombia y optó por llegar a una suspensión condicional que establecía la obligación del imputado de abandonar el país por tres años. La Fiscalía Nacional y su División de Víctimas estuvieron absolutamente en desacuerdo con esta suspensión, porque la salida obligada del territorio nacional no podía constituir una condición aceptable. Sin embargo, el fiscal adjunto decidió llevarla a cabo y no escuchó nuestra recomendación (p. 130).

-El caso del sacerdote de la Congregación de Don Orione, en la VI Región, acusado de abusos deshonestos en contra de niños deficientes mentales, síndrome de Down, fue llevado por la Fiscalía Regional de Rancagua. La particularidad de este proceso estuvo en la circunstancia de que fuera defendido el imputado por uno de los mejores penalistas de Chile. Recuerdo, además, que me fue a visitar una autoridad de la Iglesia para manifestarme su inquietud por la falsedad de los testimonios inculpatorios y por la parcialidad de la fiscal que llevaba el caso. Incluso más, me ofreció una carta de un capellán de Gendarmería que era ilustrativa al respecto y, en efecto, días después recibí la citada carta, en que se expresaba que la fiscal era «masona» y que tenía animadversión con la Iglesia, documento que archivé y nunca lo envié a la fiscalía. La sentencia del tribunal oral validó las pruebas ofrecidas por la fiscalía, que eran contundentes, y condenó al sacerdote a una pena elevadísima de privación de libertad que debió entrar a cumplir (p. 261).

-En estos episodios me pareció observar procedimientos para proteger o al menos silenciar los casos de sacerdotes que se apartaban de sus deberes (p. 180). Recientemente, por la prensa y TV nos hemos impuesto de otros casos semejantes que revelan impunidad.

No obstante lo anterior, tengo esperanzas en la reacción de la Iglesia frente a estas costumbres contrarias a la enseñanza de Cristo. (El Mercurio)

Guillermo Piedrabuena Richard
Ex fiscal nacional del Ministerio Público

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