Una Constitución para un Chile sustentable

Una Constitución para un Chile sustentable

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El informe de la comisión de Medioambiente de la Convención fue rechazado casi en su totalidad. Los argumentos huelgan para explicar este devastador resultado. ¿Qué viene ahora? ¿Es un tema de presentación o de fondo? ¿Habría que enmendar rumbo? Cuando lo analicé me preguntaba: si todas las normas propuestas hubiesen sido aprobadas, ¿habríamos alcanzado una Constitución que garantiza un Chile sustentable? Mi respuesta fue “no”.

Primero, la sustentabilidad no está separada de todos los temas constitucionales; es su esencia. Segundo, la suma de causas ambientales no hace una Constitución, independientemente de sus méritos. Debemos elevar la sustentabilidad a nivel constitucional y no definirla como un acápite más, sino como la columna vertebral. La nueva Constitución debe comprometerse con una “sociedad sustentable” en todo sentido. Si no, tendremos una Constitución fracasada por diseño y contenido. Un error histórico.

No debemos ser solamente un país regional, plurinacional y multicultural, definido solo por relaciones de poder, sino sostenible en su máxima expresión. La sostenibilidad es condición necesaria para materializar las otras tres. “Naturaleza”, “economía” (regional), “sociedad” (plurinacional) y “bienestar” (cultural) son interdependientemente inseparables. Sin naturaleza no hay economía, sin economía no hay sociedad, y sin sociedad no hay bienestar. No habrá Chile sin agua, árboles, animales, glaciares… Hoy no faltan argumentos ni jurisprudencia para incorporar esto inmediatamente. Todas las políticas deben evaluarse en relación con su sustentabilidad. ¿Quién podría estar en contra de esto? ¿Qué les diremos a nuestros hijos, nietos y bisnietos cuando ellos vean que la regionalización, la plurinacionalidad y la diversidad cultural arruinan nuestra ecología por disputas de poder? El que está en contra de esta propuesta, hágase responsable de un futuro muy incierto y devastador.

A través de toda la Constitución debemos expresar una nueva ecomoralidad, guiada por una visión y valores que no oculten lo que somos ni lo que queremos ser. No se trata de partidismo político, sino de sobrevivencia, ni tampoco de forzar una decisión entre ser humano y naturaleza: ¡Un falso dilema! El agua y el clima no pertenecen a un partido político. Solo preguntémosles a las comunidades sin agua, donde se ha desertificado el suelo agrícola para siempre; a aquellos que sufren por la contaminación; a los niños de áreas rurales afectados por los pesticidas y herbicidas, y a las familias en zonas de sacrificio acerca de su salud y bienestar.

Algunas dimensiones que deben estar presentes en la nueva Constitución: 1. La propiedad de nuestros recursos naturales y servicios del medioambiente: todos ellos deberían ser propiedad de la ciudadanía, con un Estado garante de estos derechos. 2. Los principios de ordenamiento territorial, donde la ocupación de territorios no puede ser al azar o dejársela al mercado. 3. La eliminación de toda “zona de sacrificio”. 4. Los derechos de las generaciones futuras (Constitución intergeneracional), donde ellas sean sujetos de derecho. 5. Los derechos de la naturaleza y la responsabilidad de implementación. 6. La “conservación” y el “manejo sostenible” como valores constitucionales. 7. El empoderamiento ciudadano en una democracia deliberativa y vinculante. 8. La Eco-competitividad, donde hay responsabilidad sobre los impactos negativos en el ciclo de vida de los productos. 9. El compromiso por una alimentación sana y nuevas formas de agricultura: orgánica, biológica, regenerativa, sin transgénicos. 10. La contribución del sector privado al bienestar colectivo. 11. La regionalización y descentralización del país como piezas clave para la economía sostenible ciudadana. 12. La relevancia de la macroeconomía ambiental: nuevas políticas fiscales —“impuestos a los males y no a los bienes”— dejando en claro los criterios sostenibles de las políticas macroeconómicas. 13. Los nuevos enfoques de bienestar con valores colectivos y espirituales (felicidad, identidad). 14. La justicia redistributiva y ecológica como fundamento de equidad. 15. La economía sin vacío ético, establecida junto al principio precautorio. 16. La espiritualidad como esencial: la nación tiene un Ser, la Constitución no puede concebirse fuera del Ser. 17. La adopción del principio de la “integridad ecológica” en todo, introduciendo el concepto de “comunidad de vida”.

Se deben explicitar importantes criterios de decisión; ejemplo, conservación, participación vinculante, creación de comunidades, justicia ecológica… para fortalecer una democracia comunitaria. Una Constitución capaz de beneficiar a muchas generaciones. Comprometámonos con este nuevo camino. (El Mercurio)

Alfredo Sfeir Younis

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