A principios de noviembre pasado comenzó a regir una ordenanza que generó controversia en el sector oriente de la capital: la prohibición de fumar en las plazas públicas de Las Condes, impulsada por el alcalde Joaquín Lavín.
Más allá de las opiniones divididas que generó en esa ocasión -y que la medida incluso fuera anulada en junio por la Corte de Apelaciones de Santiago– finalmente la Corte Suprema de forma unánime rechazó el recurso de protección presentado y que había obstaculizado su implementación.
La Tercera Sala del máximo tribunal, por cinco votos contra cero, desestimó la acción judicial presentada por el excandidato presidencial Tomás Jocelyn-Holt, quien fue uno de los primeros multados cuando la normativa comenzó a regir.
El fallo señala que las sanciones de la medida municipal no violan el derecho constitucional al debido proceso ya que “existe una amplitud de prueba para la acreditación de los hechos infraccionales y que dichas probanzas serán analizadas conforme a las reglas de la sana crítica”.
Además, la Suprema señaló que no se acreditó la existencia de un acto arbitrario o ilegal que afecte las garantías constitucionales de las personas multadas producto de quebrantar la medida.
Al respecto, el alcalde Lavín afirmó que “creo que este fallo es muy importante desde el punto de vista de los alcaldes y sus facultades. Muchas veces cuando los municipios realizan ordenanzas como la del acoso callejero, o en este caso la regulación del tema del cigarro, surgen críticas”.
“Obviamente aquí la protección del medioambiente y de la salud pública son temas que las municipalidades tienen el derecho a regular. Más allá de esta ordenanza, ayuda mucho a aclarar las atribuciones que tenemos los municipios y las fortalece”, finalizó la máxima autoridad municipal.