Sharp acude a la Suprema para evitar el retorno a clases presenciales

Sharp acude a la Suprema para evitar el retorno a clases presenciales

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Este jueves 24 de junio, la Corte de Apelaciones de Valparaíso elevó a la Corte Suprema la admisibilidad de un recurso de protección que presentó el alcalde de Valparaíso, Jorge Sharp, junto a 13 centros de madres, padres y apoderados, en contra del ministro de Educación, Raúl Figueroa. El objetivo de la arremetida judicial es que el máximo tribunal del país se pronuncie, por primera vez, respecto de la idea del gobierno del retorno a clases en medio de la pandemia del Covid-19. Los argumentos esbozados por el jefe comunal es que condicionar la subvención escolar a la vuelta a los establecimientos es arbitrario e ilegal.

El recurso, al que tuvo acceso La Tercera PM, sostiene que la vuelta a clases de los menores de edad pone en riesgo “el derecho a la vida e integridad física y psíquica de los niños, niñas y adolescentes” de Valparaíso -quienes representan “uno de los principales focos de contagio y vectores de propagación del Covid-19”. También se alega que con esta idea no se está asegurando la “protección de la salud” consagrada en la Constitución.

En la región porteña actualmente está abierto el 63% de los colegios (409), mientras que en la comuna de Valparaíso está abierto el 83%, lo cuales ya no dependen de la administración del municipio, pues fueron traspasados al Servicio Local de Educación Pública.

El condicionar la subvención fue una idea que planteó Figueroa el 28 de mayo, cuando señaló que “la subvención se ha seguido pagando y no ha dejado de pagarse durante todo este tiempo de pandemia. Analizaremos más adelante si es necesario tomar alguna medida para que los sostenedores municipales cumplan a cabalidad con la obligación de llevar la educación de forma presencial”.

El recurso presentado por Sharp el 14 de junio es el primero de esta índole en llegar a la Corte Suprema, donde se espera se debata el fondo del asunto, tal como ocurrió en Argentina, donde el máximo tribunal de ese país, en mayo pasado, revocó el cierre de las escuelas y ordenó el retorno a clases. Con todo, aún falta saber si se acogerá a trámite o no para que luego los supremos se pronuncien por primera vez respecto de este conflicto.

CRISIS VIGENTE

En el escrito, el alcalde argumenta que “la crisis no ha cesado” ni hay indicios de que esté “retrocediendo o bajando su intensidad”. Debido al comportamiento del virus -prosigue- resultaría peligroso para la salud de la población que, en las comunas que se encuentren en Fase 2, “se obligue, mediante sanciones económicas, el funcionamiento de establecimientos de educación básica y media, bajo la modalidad de clases presenciales, entregando dicha decisión a la discrecionalidad o mero capricho de la autoridad educacional”.

Asimismo, la acción judicial sostiene que “se infringen los derechos de nuestros hijos por cuanto el Ministerio de Educación (…) ha omitido el ejercicio de acciones en el ámbito educativo que estén enfocadas en establecer como requisito para poner en funcionamiento establecimientos educacionales, haber mejorado la situación sanitaria del país o de una comuna, tal como lo sería, por ejemplo, avanzar primero a Fase 4, o bien encontrarse en una fase más avanzada en el Plan de Vacunación a nivel nacional”.

Pero antes de debatir el fondo, el máximo tribunal deberá establecer su admisibilidad, luego que la Corte de Apelaciones rechazara su trámite, el 15 de junio, argumentando que “los hechos sometidos a su conocimiento se refieren a materias propias de las políticas públicas impartidas por el Ministerio de Educación, asunto que escapa a la tutela de urgencia propia de este arbitrio, viéndose impedidos los Tribunales de Justicia involucrarse en el ejercicio de una potestad propia del Poder Ejecutivo”.

EL DEBATE

Rodolfo Figueroa, director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Diego Portales, plantea que “el recurso es muy débil”, pues “si es ilegal que el ministro dé la orden de abrir colegios, ¿qué norma de la ley está infringiendo? Si es ilegal el recurso tiene que citar la norma vulnerada. Pero la norma que citan como ilegal es otra, es la amenaza al derecho a la vida. Pero la ilegalidad es algo distinto a los derechos vulnerados”.

Una postura distinta manifiesta Juan Carlos Ferrada, profesor titular de Derecho Administrativo Universidad de Valparaíso, al indicar que “es un caso difícil, no hay jurisprudencia muy favorable, pero en mi opinión es un recurso que está fundamentado y uno podría pensar que existe vulneración de derechos fundamentales (…). El ministro no tiene facultades para ordenar a colegios y apoderados a volver a clases (…) ni tampoco para condicionar a los sostenedores el recibir o no la subvención en base a la asistencia a clase”.

“Hay buenas razones para acogerlo. Lo lógico sería que la corte considerara estas vulneraciones. El Mineduc está yendo más allá de sus facultades”, agrega el doctor en Derecho de la Universidad Carlos III de Madrid.

MINEDUC DEFIENDE SU POSICIÓN

El subsecretario de Educación, Jorge Poblete, dijo que “es incomprensible que el alcalde Sharp siga insistiendo en tratar de impedir que las familias puedan decidir mandar a sus hijos al colegio o no. No es él el llamado a decidir por los apoderados de manera autoritaria, los padres tienen que tener esa libertad para poder velar por el derecho a la educación de sus niños. La Corte de Apelaciones de Valparaíso ya rechazó su recurso, insistir por coartar la libertad de los padres sobre sus hijos nos parece insólito”.

En esa línea, la vocera del Movimiento Escuelas Abiertas, Lucía Buttazzoni, establece que desde la organización consideran que “no corresponde al alcalde de una comuna en que ya se desmunicipalizó la educación pública interferir con la política pública educacional y sanitaria. Educarse es un derecho humano de los niños, y somos los padres, madres y apoderados quienes tenemos el derecho preferente a decidir si los enviamos o no. En cambio, los servicios educacionales públicos y aquellos que reciben subvención son financiados por el Estado y deben mantenerse abiertos para aquellos niños que requieran asistir presencialmente. Llamamos al alcalde Sharp a apoyar constructivamente en visualizar y verificar de manera específica aquellas carencias que existan en la comuna, tanto las que son de su propia responsabilidad como las que correspondan al Servicio Local de Educación”.

LOS DAÑOS DEL ENCIERRO

Humberto Soriano, pediatra y expresidente de la Sochipe, dijo que “mi mensaje para el alcalde Sharp es que se informe sobre los daños que se les está haciendo a los niños con este encierro y la crucial urgencia que tienen por volver a clases. Si no quiere conversar conmigo que llame al Colegio Médico, a la Defensoría de la Niñez, a la Sociedad Chilena de Pediatría, a la Sociedad Chilena de Infectología (…). Por último, que hable con todas las mamás que están desesperadas porque sus hijos vuelvan al colegio”.

Soriano agregó que “la vuelta a clases es urgente, ¿hasta cuándo vamos a poner la política por delante de la evidencia científica y del interés de los niños y niñas del país? Los colegios tienen que ser el primer lugar en abrir y los último en cerrar. Por supuesto que puede haber contagios con la apertura, porque la gente se mueve más. Pero cuando se preparan los colegios con más ventilación, con cursos más pequeños, con elementos de protección personal, no se generan más contagios. Un colegio que no esté preparado no debe volver, independientemente de la fase”.

Finalmente, el médico planteó que “los profesionales de la salud que tratamos con niños nos contagiamos menos que la población general, porque tomamos todas las medidas necesarias. Con el encierro se ha producido mayor incidencia en el suicidio en los niños, malos hábitos alimentarios y de sueño, han manifestado hasta un 40% más de depresión incluso. Entonces, no se entienden este tipo de movidas políticas, porque no tienen ninguna base científica”. (La Tercera)

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