Mina Invierno pidió a la Suprema autorización de tronaduras en Isla Riesco

Mina Invierno pidió a la Suprema autorización de tronaduras en Isla Riesco

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La Mina Invierno, ligada a los grupos Angelini y Von Appen, buscará que la Corte Suprema dé luz verde para la reactivación de su proyecto carbonífero -mediante tronaduras- en la Región de Magallanes.

Según informó El Mercurio, la carbonífera presentó un recurso de casación ante la Corte Suprema para invalidar la sentencia del Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia, que en agosto revirtió la autorización del uso de tronaduras.

El recurso busca que se reconozcan los «errores de procedimiento y aplicación de la ley en los que, desde el punto de vista de la compañía, habrían incurrido los jueces del Tribunal Ambiental de Valdivia«, señaló la firma en un comunicado.

«El tribunal excedió las facultades que le otorga la ley«, agrega el alegato de la compañía.

En agosto pasado, por dos votos contra uno, el Tribunal Ambiental acogió la reclamación de la organización Alerta Isla Riesco y anuló el permiso para tronaduras entregado en primera instancia por el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA).

SE SUMA EL SEA

Al igual que Mina Invierno, aunque en un carril paralelo, el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) ingresó hoy un recurso de casación ante el Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia por el polémico proyecto minero de propiedad de las familias Angelini y con Appen. Esto, luego de que la instancia acogiera la reclamación presentada por la organización Alerta Isla Riesco en contra de la resolución de la entidad ambiental que calificó favorablemente el proyecto tronaduras.

En el escrito, el SEA solicita que el recurso sea declarado admisible y se eleven los antecedentes a la Corte Suprema, pidiendo además que se dicte una sentencia de reemplazo que rechace la reclamación presentada.

La defensa de la entidad liderada por Hernán Brücher concentró su defensa, tomando como respaldo el voto disidente en el fallo reflejado por el ministro del Tribunal Ambiental de Valdivia, Iván Hunter.

En esa resolución, el también presidente de la instancia, dejó en claro que no habrá afectación significativa al componente paleobotánico de Mina Invierno. Por ello, aseguró que existiendo medidas de resguardo, no cabe sino que conservar la Resolución de Calificación Ambiental.

Esta vez, según argumenta el Servicio, el Tribunal Ambiental de Valdivia resolvió sobre materias no contenidas en las observaciones ciudadanas.

«Así lo reconoció expresamente el voto disidente de la sentencia impugnada, redactada por el Ministro Hunter, disidente en la sentencia impugnada, quien analiza el contenido de las observaciones ciudadanas y las contrasta con los argumentos planteados en la reclamación administrativa», se plantea en el escrito ingresado hoy.

Siguiendo este punto, el SEA agrega que el ministro concluye que «los observantes pueden efectuar un mayor desarrollo de las observaciones en sede recursiva o judicial, pero esa posibilidad no les faculta para extenderse a consideraciones o aspectos que no han sido planteados».

Junto a otros argumentos, el SEA asegura que el Tribunal comete una infracción al pronunciarse sobre la evaluación del componente paleobotánico refiriéndose a la falta de información y línea de base, ya que este cuestionamiento no dice relación con una indebida consideración de observaciones ciudadanas, las que sí fueron consideradas en la resolución reclamada.

Asimismo, se sostiene que resulta ineficiente tramitar nuevamente el procedimiento de evaluación ambiental. Esto, porque si se tramita otra vez la evaluación de impacto ambiental y el proyecto tronaduras ingresa como Declaración de Impacto Ambiental (DIA), la conclusión sería la misma en cuanto a que no existe «efecto adverso significativo» al componente paleobotánico. (Cooperativa-El Mercurio-DF)

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