Liberalismo por obligación legal

Liberalismo por obligación legal

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Carlos Peña replica mi carta, pero hace una «defectuosa» interpretación de ella, lo que conduce a tres problemas.

En primer lugar, indica que yo supuestamente habría ignorado que el ejercicio de la libertad individual requiere ciertos bienes sociales, como el deber de reciprocidad. Sin embargo, no advierte que el debate se ha producido, precisamente, porque quienes queremos que se preserve el subsidio que subroga servicios de salud o educación, aunque las instituciones prestadoras hayan omitido -por objeción de conciencia o creencia particular- algún servicio médico o materia educativa específica, lo hacemos porque creemos que efectivamente hay una reciprocidad implícita tras esa transacción que vale la pena preservar. Lo que propone C. Peña es, por el contrario, obligar a cumplir los servicios de manera estricta, o perder el subsidio.

En segundo lugar, Peña insiste en afirmar que al otorgarse un subsidio para entregar servicios de salud o educación, lo que esas instituciones estarían haciendo es utilizar recursos públicos «para» homenajear o «para» promover sus valores «a costa ajena». Esa forma de representar los hechos importa una grave distorsión de los mismos. Más fiel a ellos es describirlos como que, en lo principal, esas instituciones están entregando servicios, servicios que el Estado juzgó beneficioso contratarles o subrogarles, porque sus objetivos forman parte del consenso social, y que, solo a continuación, por objeción de conciencia o creencias particulares, estas deciden omitir realizar algún procedimiento médico o enseñar alguna materia específica, objeción que a quienes promovemos privilegiar la libertad nos parece que la sociedad haría bien en aceptar. Lo que se juzga en este debate es si la aceptación de esa omisión o la obligación de cumplirla es el mejor curso de acción en una sociedad libre y diversa, y que desea continuar siéndolo.

En tercer lugar, en un párrafo cuya ilación lógica mantiene oculta, pretende deducir de la defensa que hago de las creencias de las minorías, frente a estos casos específicos, una mala comprensión mía de la democracia en general.

Con todo, en el tema original, la situación sigue siendo la siguiente. Frente a una institución que ofrece servicios gineco-obstétricos mediante un convenio con el Estado, y que al momento de despenalizarse un procedimiento médico previamente prohibido, esta invoca su objeción de conciencia para no ejecutarlo, la versión liberal de sociedad que nos propone C. Peña consiste en obligar a esa institución a efectuarlo o perder el subsidio. Lo mismo respecto de una comunidad educativa que objetase enseñar alguna materia específica. En su criterio, la sociedad pierde más al aceptar la objeción que lo que gana al imponerla. Es decir, para estos casos, la versión de sociedad liberal que nos propone Peña parece siempre preferir la obligación.

Si tuviera que seguir su juego de ponerles apelativos a los liberalismos en disputa -«a costa ajena» el de Evópoli y «defectuoso» el mío- tendría que describir el suyo como uno «por obligación legal». (El Mercurio-Cartas)

Álvaro Fischer

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