Grupo Luksic pide a la justicia que cancele protección financiera de Astaldi

Grupo Luksic pide a la justicia que cancele protección financiera de Astaldi

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Una piedra en el zapato encontró Astaldi luego de que la justicia chilena concediera la medida precautoria de la protección financiera. Y no cualquier piedra, ya que el Grupo Luksic ingresó un documento a la corte solicitando que se cancele la medida, y además que no se le otorgue el reconocimiento del procedimiento de reorganización de deudas que está realizando en Italia.

La filial de energía del grupo presentó ayer un recurso en el 19 Juzgado Civil de Santiago alegando que las solicitudes hechas por la constructora italiana «adolecen de graves deficiencias que hacen absolutamente improcedente la concesión de la protección financiera».

Enex se hace parte del procedimiento ya que reclama deudas por $ 72,3 millones por parte de Astaldi.

En concreto, lo que alega la empresa de energía es que la ley de insolvencia chilena establece que en caso de tratarse de un procedimiento transfronterizo se tiene que contar con un «representante extranjero»,que viene a ser la persona designada en el procedimiento original para administrar la reorganización o la liquidación de los bienes. Considerando lo anterior es que Enex indicó que la justicia italiana determinó que los administradores judiciales serían los abogados Stefano Ambrosini, Vecenso Lofreddi y Francesco Rocchi, no así a Filipo Stinellis quien aparece en la causa mandatando al abogado Nelson Contador para que haga la solicitud de Reconocimiento de Procedimiento Extranjero de Insolvencia de Astaldi SPA.

«Esta sola razón, constituye causa suficiente para que SS., rechace de plano tanto la solicitud de reconocimiento de procedimiento extranjero efectuada por Astaldi SpA, como la medida cautelar provisional del primer otrosí, toda vez, que conforme lo dispuesto en el artículo 314 de la ley 20.720.- dichas solicitudes solo pueden ser requeridas por el representante extranjero del correspondiente procedimiento de insolvencia, calidad que en ningún caso reúne don Filipo Stinellis, quien ha otorgado mandato judicial al abogado don Nelson Contador Rosales», indicó en el escrito que es firmado por el abogado Vicente de la Fuente Montané.

Además, la filial de Quiñenco cuestionó que la recurrente en el recurso es Astaldi Sucursal Chile y no Astaldi SpA, y aseguró que este tema «quizás no sean inocuo», ya que estimó que una vez que se le da el reconocimiento al procedimiento extranjero, en este caso de la empresa italiana Astaldi SPA, en Chile, «provocaría que nadie pueda ejecutar ni individual ni universalmente en Chile a Astaldi Sucursal Chile».

«Qué posibilidades tienen los acreedores nacionales, como mi representada que vendió mercaderías a Astaldi Sucursal Chile de ejercer sus derechos como acreedor en Chile, será entonces que los acreedores chilenos, se verán obligados a concurrir a Italia y a verificar en el procedimiento seguido contra Astaldi SpA las acreencias que tuvieran contra Astaldi Sucursal Chile», agregó.

«Como se puede apreciar SS., las consecuencias de las solicitudes efectuadas por el mandatario judicial nombrado por el representante de la empresa deudora extranjera y no por el «representante extranjero» nombrado en el respectivo procedimiento de insolvencia, son gravemente atentatorias contra los derechos de los acreedores chilenos», sentenció. (DF)

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