El verdadero peligro para la sociedad-Carol Bown

El verdadero peligro para la sociedad-Carol Bown

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Esta semana, después de pasar 40 días en la cárcel -como medida preventiva para la seguridad de la investigación-, Jaime Orpis volvió a su casa. Eso sí, no se sabe hasta cuándo, porque todavía falta la confirmación de la Corte de Apelaciones, que podría revocar el arresto domiciliario total y volver a someterlo a prisión preventiva.

Al parecer hay pruebas bastantes concretas en su contra. De hecho tanto él como su señora lo han reconocido respecto de algunas imputaciones. Sin embargo, para todos los que hemos tenido la oportunidad de conocerlo, pensar que puede ser un peligro para la sociedad es algo incomprensible desde todo punto de vista.

Qué es y cómo se decreta la medida de prisión preventiva ha sido largamente discutido en el último tiempo. Se ha señalado que la prisión preventiva es una medida que debe decretarse con prudencia y gran criterio, porque afecta la presunción de inocencia. Pero adicionalmente, porque si la persona está presa durante la investigación y después es declarada inocente, ¿quién le devuelve los días preso?

El problema es que confunde el criterio de los tribunales al aplicar o no esta pena, la más gravosa de las medidas cautelares. Y es que uno puede atreverse a señalar que lo que sí constituye un peligro para la sociedad son los encapuchados que participan en manifestaciones y terminan destruyendo y saqueando locales comerciales. Sin embargo, en casi todos estos casos, los pocos detenidos son liberados en forma inmediata por los tribunales de garantía.

Asimismo, muchas veces quienes cometen asaltos violentos, que evidentemente sí son un peligro para la sociedad, durante la investigación se les decreta arresto domiciliario nocturno. Y para qué decir todos aquellos delincuentes condenados, beneficiados con libertad condicional para descongestionar las cárceles, varios de los cuales volvieron a  cometer delitos rápidamente. ¿No era posible intuir que muchos de ellos sí eran un peligro para la sociedad?

Entonces, con los ejemplos anteriores, cuesta entender el criterio que están aplicando los tribunales para determinar o no que una persona es un peligro para la sociedad.

Por otra parte es entendible que el tribunal debiese decretar esta medida cuando existe la plena convicción de que es la única forma de asegurar la investigación. Y es aquí donde uno se vuelve a confundir, porque no se entiende cómo se decreta esta medida para una persona que ha prestado colaboración y declarado voluntariamente durante toda la investigación.

Un hombre que ha dedicado su vida a sacar de la droga a jóvenes de escasos recursos. Un hombre que año a año se preocupó de organizar la comida anual de la Corporación la Esperanza, en que invitaba a las familias a compartir con estos jóvenes que se encontraban en proceso de rehabilitación, para así poder conocer de primera fuente lo que significa este flagelo. Así, no sólo se quedaba en rehabilitar, sino que se preocupaba de que se conociera esta realidad, se tomara conciencia de lo que significa y conversáramos con nuestros hijos respecto de sus riesgos. Un hombre y una familia, para quienes su mayor preocupación siempre han sido los más necesitados.

Ahora Jaime Orpis puede comer junto a su familia y eso me produce alegría y tranquilidad. Sin embargo, mantengo una gran preocupación y esta es que nuestros jueces por alguna razón estén dejando de aplicar lo que se llama simplemente criterio. Bien sabido y repetido es que el sentido común es el menos común de los sentidos, pero que nuestros jueces carezcan de ello, eso sí me parece sin duda un verdadero peligro para la sociedad.

Carol Bown, abogada

 

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