Corte rechaza recursos de nulidad de Penta y Hugo Bravo contra sentencia...

Corte rechaza recursos de nulidad de Penta y Hugo Bravo contra sentencia laboral

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En fallo unánime, la Décima Sala del tribunal de alzada capitalino rechazó los recursos presentados por el demandante y la empresa demandada en contra de la sentencia dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en febrero pasado, que en ese momento estimó terminada la relación laboral por finiquito firmado por ambas partes.

Asimismo, se rechazó la presentación de la empresa contra la obligación impuesta por el fallo recurrido de pagar las cotizaciones previsionales adeudadas a Hugo Bravo.

El juez concluyó que al no existir un reconocimiento de antigüedad en la legislación laboral actual, lo concreto resulta ser que el cambio de empleador conlleva a que éste asuma las obligaciones del anterior empleador atento a que el nuevo traspaso, no puede significar una afectación de derechos al trabajador.

De allí que resulta aplicable el artículo 4 del Código del Trabajo, que se asume por el Juzgador, en términos de asimilar la modificación de la titularidad de la empresa con el traspaso de trabajadores. Todo, en un contexto, en cuanto la propia demandada ha reconocido como el año 1986 como aquél de inicio del grupo Penta», afirma sobre el punto la resolución del tribunal de alzada.

De esta forma, la Décima Sala confirmó el fallo que condenó a la empresa a pagar al demandante la remuneración mensual desde el 29 de julio de 2014 y hasta que se convalide el despido con el pago de las cotizaciones previsionales adeudadas.

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