Consalud demanda a Piñera, Congreso y Suseso por confiscar su patrimonio

Consalud demanda a Piñera, Congreso y Suseso por confiscar su patrimonio

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Una millonaria demanda de indemnización de perjuicios presentó Isapre Consalud ante el 7º Juzgado Civil de Santiago en contra del Presidente Sebastián Piñera, el Senado, la Cámara de Diputados, y la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) por la ley 21.247 que se publicó el 27 de julio de 2020 y los posteriores actos administrativos que dictó el regulador para su implementación.

Esta ley fue la que creó la Licencia Médica Preventiva Parental (LMPP), y señalaba que los trabajadores que se encuentren haciendo uso del permiso postnatal parental durante el estado de excepción constitucional de catástrofe, tendrían derecho, luego del término del mencionado permiso, a una LMPP para efectos del cuidado del niño o niña. Todo ello en el marco de la pandemia.

La vigencia de esta ley se extendió hasta septiembre de 2021, cuando finalizó el estado de excepción constitucional de catástrofe, y en total se presentaron casi 300 mil solicitudes. La licencia se extendía por un periodo de 30 días, el que podía renovarse por un máximo de dos veces.

En la demanda, Consalud acusa que esta ley le ha causado perjuicios y se han violado sus garantías fundamentales, como el derecho de propiedad, al establecer “una verdadera expropiación o confiscación del patrimonio de la compañía, sin compensación o indemnización alguna”; o la igualdad ante la ley, la igual repartición de cargas públicas, el derecho a desarrollar libremente actividades económicas, entre otras.

La isapre controlada por ILC, brazo de inversiones de la Cámara Chilena de la Construcción, cifra en un monto superior a $22.412 millones las pérdidas que sufrió al pagar las LMPP entre julio de 2020 y septiembre de 2021.

“Dichas pérdidas significaron que parte importantísima del patrimonio de la compañía haya desaparecido, lo que obligó a sus accionistas, para evitar su insolvencia y asegurar que la isapre siguiera prestando servicios a cientos de miles de beneficiarios que tiene, a realizar millonarios aumentos de capital”, señala. Y ahí pide que el Fisco se haga cargo de indemnizar los perjuicios, con reajuste según IPC, más intereses corrientes, y con el pago de las costas de la causa.

LOS ARGUMENTOS

La demanda explica que “originalmente el proyecto de ley que presentó el Poder Ejecutivo al Congreso Nacional disponía que los subsidios que otorgaba la ley serían financiados con cargo al seguro de cesantía de cada trabajador. Dicho mecanismo de financiamiento, no obstante, sufrió modificaciones durante la tramitación de la ley en el Congreso”.

En cambio, detalla que se estableció que los subsidios serían de cargo directo de las isapres “sin ningún tipo de compensación o derecho a reembolso. A ello se suma que por expreso mandato de la ley, las isapres no podrán considerar para la revisión del precio base de sus planes de salud los costos derivados del subsidio”.

Así las cosas, Consalud argumenta que la ley definió que las isapres debían pagar los subsidios directamente de su patrimonio, los cuales, según la compañía, por su naturaleza, son ayudas estatales.

“Desde 1985 absolutamente ningún subsidio por descanso maternal en Chile (salvo calificadas excepciones) ha sido de cargo de los particulares. Todos los subsidios (pre y postnatal y postnatal parental), por más de tres décadas, han sido financiados íntegramente por el Estado con cargo a un fondo de origen público y financiamiento fiscal”, puntualiza la demanda.

Y agrega que “esto es así porque la protección de la maternidad es una política pública que concierne a la seguridad social, y por ello forma parte de las prestaciones que el Estado asume con el objeto de cumplir con su primera finalidad que es promover el bien común y garantizar a todas las personas un umbral mínimo de dignidad. Los particulares no están llamados a financiar políticas públicas”.

También se señala que esto se corrobora al ver que el 14 de junio se publicó una nueva ley que dispuso que sería el Fisco, con apoyo de trabajadores y empleadores, quien a partir de esa fecha se haría responsable del financiamiento de las LMPP. (Pulso)

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