CC: Comisión de Forma de Estado aprueba en particular Estado Regional

CC: Comisión de Forma de Estado aprueba en particular Estado Regional

Compartir

Es una de las comisiones que lleva el trabajo más adelantado de la Convención. Fue la primera, junto con Sistemas de Justicia, en comenzar la votación en particular de las normas que previamente habían sido aprobadas en general.

El grupo coordinado por Jennifer Mella (FA) y Adolfo Millabur (Mapuche) organizó las normas desde los temas más «macro», como la forma y la estructura organizacional del Estado; hasta lo más micro, como es el estatuto de chilenos residentes en el exterior.

En ese contexto, esta es la comisión que tiene como tarea definir si Chile se mantiene en un modelo unitario centralista, si pasará a un modelo unitario regional o a organizarse en estados federales.

Las interrogantes se comenzaron a dilucidar este lunes 7 de febrero, cuando la comisión integrada por 25 convencionales, todos de regiones distintas a la Metropolitana, comenzó a votar las 727 indicaciones que se habían ingresado a las normas aprobadas en general, las cuales fueron sistematizadas en un informe.

La aprobación en particular es un paso más del trabajo al interior de la comisión, ya que las normas aprobadas deben pasar al Pleno, donde necesitan las aprobación de dos tercios de los convencionales para que sean integradas a la nueva Constitución.

El primer artículo se refería justamente a la forma de Estado. El texto base proponía el siguiente artículo: «Del Estado Regional. Chile es un Estado Regional conformado por entidades territoriales autónomas, en un marco de equidad y solidaridad entre todas ellas, preservando la unidad e integridad del Estado».

La derecha ingresó cinco indicaciones para intentar cambiar el Estado Regional y establecer uno Unitario descentralizado. Sin embargo, todas sus indicaciones fueron rechazadas.

En tanto, el Frente Amplio, Colectivo Socialista, Movimiento Sociales, Pueblo Constituyente, Independientes por una nueva Constitución, Pueblos Originarios y Chile Digno ingresaron una indicación para agregar los conceptos plurinacional e intercultural.

De esta manera el primer inciso quedó redactado de la siguiente forma: «Artículo 1.- Del Estado Regional. Chile es un Estado Regional, plurinacional e intercultural conformado por entidades territoriales autónomas, en un marco de equidad y solidaridad entre todas ellas, preservando la unidad e integridad del Estado».

Sobre el mismo artículo se aprobó un segundo inciso donde se señala que «El Estado promoverá la cooperación, la integración armónica y el desarrollo adecuado y justo entre las diversas entidades territoriales».

Según explicó Amaya Álvez (FA) el día en que explicó la norma, la autonomía implicaría que las regiones tengan competencia legislativa: «No es que sean soberanas, sino que tienen competencias que les permiten crear sus propias normas». 

En ese sentido, Álvez explicó en su presentación que las entidades autónomas no gozarían de autonomía constitucional; es decir, no tendrían potestad de crear sus propias Constituciones y sólo podrán referirse a materias territoriales. Esto implica que sigue existiendo un Congreso Nacional.

Al cierre de esta nota, la comisión de Forma de Estado seguía votando las 727 indicaciones ingresadas al sistematizado y aún le faltaba definir los alcances de la autonomía territorial. (Pauta)

Dejar una respuesta