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Abril: las medidas de Servel para asegurar 46 mil mesas y 184 mil urnas

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Este martes, el proyecto que propone realizar las elecciones de concejales, alcaldes, gobernadores y convencionales constituyentes en dos días tuvo un nuevo impulso en el Congreso, luego de que la comisión mixta repusiera esa posibilidad con el objetivo de facilitar la participación ciudadana y cuidar de su salud, en el contexto de la pandemia.

Durante el debate, una amplia mayoría (9 votos a favor y 1 en contra) aprobó la opción de que los comicios se desarrollen el 10 y 11 de abril, con miras a evitar aglomeraciones y también para hacer más expedito el proceso, ya que se consideró la dificultad que tendrían las personas para marcar cuatro votos de una sola vez.

En ese contexto, la principal duda planteada por los parlamentarios estuvo relacionada con la seguridad de las urnas de sufragios, las cuales -de aprobarse la iniciativa- tendrán que ser selladas y custodiadas en los locales de votación, proceso que de acuerdo con el texto legal quedaría en manos del Servicio Electoral (Servel).

En total, según cifras que maneja el organismo electoral, serían 184 mil cajas con votos, correspondientes a las casi 46 mil mesas receptoras emplazadas a lo largo y ancho de todo el país las que tendrán que quedar resguardadas, en los cerca de 2.700 locales de votación que serán ratificados el próximo 20 de marzo.

Asimismo, se contempla que serían alrededor de 230 mil vocales los que participarían en el proceso, los cuales ahora tendrían que acudir el sábado 10 y el domingo 11 de abril. Por ello, el proyecto incluye un aumento en el bono que se les paga, alcanzando unos 60 mil pesos en total.

La iniciativa, que ahora debe ser votada por la Cámara de Diputados, señala además la necesidad de establecer un horario preferente para adultos mayores y pone al Servel un plazo de 20 días antes de la elección para coordinar todos estos aspectos, los cuales fueron detallados por el titular de su Consejo Directivo, Andrés Tagle.

CÓMO FUNCIONARÍA LA ELECCIÓN

Durante la sesión de ayer, Tagle indicó que, de realizarse la elección en un día, el tiempo de votación de una persona se extendería de un minuto y medio a cuatro, debido al aumento de papeletas que tendrían que ser llenadas por los ciudadanos. Ello provocaría aglomeraciones no recomendables en tiempos de pandemia.

En cuanto a los plazos, el proyecto no modificaría la planificación inicial referente a mesas, locales y vocales de mesa, ni tampoco los plazos de los colegios escrutadores. En ese contexto, indicó que el único cambio, si se aprueban los dos días, sería que el proceso partiría el jueves 8 de abril a las 9 de la mañana en vez del viernes 9.

A esa hora tomarían posesión del local las fuerzas encargadas del orden y el delegado de la junta electoral con su equipo asistente, junto con la colaboración de los municipios que entregan las cámaras secretas y los materiales electorales. Esa jornada se establecería la ubicación de las mesas y la señalética, entre otras tareas.

El viernes 9 a las 15 horas correspondería la constitución de las mesas, por lo que los vocales tendrían la obligación de concurrir. Para ello, la ley mantendrá su derecho a ausentarse a sus respectivos trabajos sin perder sus remuneraciones.

También habrá capacitaciones, ya que en esta oportunidad corresponde el reemplazo de dos vocales por mesa, que van a iniciar su actividad por cuatro años. La votación se iniciaría el día 10 de abril a las 8 de la mañana y terminaría a las 18 horas.

«Lo más probable es que se mantenga el horario normal, muchas de estas decisiones van a ser del Consejo del Servel, dado que nos están dando las facultades para hacerlo», advirtió Tagle.

En ese momento, vendría lo nuevo: La suspensión del proceso de votación. En ese aspecto, recordó que hay que considerar que los votos en las urnas ya tienen una medida de protección, ya que tienen el sello engomado del Servel, «que no se desprende fácilmente, y normalmente hay que romper el voto si se quiere manipular».

Dicho eso, explicó que la idea es que la mesa haga un «acta de suspensión» en presencia de apoderados de mesa, en la cual se deje muy claro los electores que votaron de acuerdo con el padrón y las firmas de las personas que sufragaron, con las colillas de los votos y el número de los votos no usados.

SELLADO DE LAS URNAS

El acta quedaría en poder de al menos dos personas de la mesa y otra en manos del delegado de local. Posteriormente se tendría que dar paso al sellado de las urnas y cajas, para lo cual en el Servel «hemos estado buscando con distintos proveedores cuál podría ser la mejor tecnología para hacer ese sellado».

«Estamos hablando de una cinta, ya que la mayoría de las urnas hoy son plásticas con una tapa. El ideal es que tenga dos características: Ojalá que sea sellada y al mismo tiempo que, si se despega, quede de manifiesto, que se rompa o se craquele y dé cuenta cualquier persona de que esa urna fue abierta y los sellos violados», indicó.

Según el titular del Consejo Directivo, «hay distintas alternativas, también hemos visto que se les puede colocar un código QR que no es cambiable y se puede identificar por celular si es correcto o no. Obviamente esto va a ser parte de las facultades del Servel y el compromiso es utilizar como sello la mejor tecnología que encontremos».

El proceso de sellado, prosiguió, tiene que ser en presencia de los apoderados de mesa, quienes también tendrán que firmar el acta de suspensión. Posteriormente, se contempla que dos de los vocales, el presidente y el comisario, deben entregar las urnas al delegado de la junta electoral del local, quien tendría que guardar las urnas.

«Tienen que quedar en una sala, idealmente. Si por tamaño no caben en una y el local no es muy grande, podrían ser dos. El ideal es que elijan salas donde estén bloqueadas y tengan un mínimo de seguridad, es decir, que queden con llave. Como resguardo, debería quedar en el exterior de la sala, las fuerzas encargadas del orden», enfatizó.

El Servel también considera la posibilidad de que los apoderados generales, uno por partido o por lista de independientes, puedan quedarse durante la madrugada del domingo vigilando el proceso. La idea es que sea un encargado distinto al que operará en el día, para evitar una carga excesiva de trabajo.

Al día siguiente, los vocales que tienen copia del acta de suspensión junto al delegado de local tendrían que abrir la sala y entregar las urnas a cada mesa. Los sellos se romperían en las mismas mesas y se generaría una nueva acta, donde los integrantes de la mesa detallarían el estado en el que encontraron las cajas con votos.

«Estas normas serían bastante suficientes para garantizar con un mínimo riesgo lo que yo podría denominar un fraude electoral (…) creo que la probabilidad de que eso pueda ocurrir es en realidad muy baja», concluyó.

QUÉ SE ELIGE

En total, 14.900.189 personas habilitadas para sufragar tendrán que escoger entre cerca de 18 mil candidatos para cubrir 2.768 cargos populares, algunos de los cuales son completamente nuevos, como es el caso de los jefes regionales y de los miembros que integrarán el órgano que redactará la nueva Constitución.

Pese a ser la pregunta más básica de todas es la que genera más dudas por estos días. Y es que la fecha original de los comicios es el 11 de abril, pero en los últimos días se ingresó al Congreso Nacional una reforma constitucional para ampliar el periodo de votación al día anterior, es decir, al sábado 10 de abril.

Dicha iniciativa debiera ser zanjada hoy por la Cámara de Diputados. Si es rechazada, se mantiene la elección para el 11 de abril; pero si se aprueba, incluirá ambos días, con el objetivo de evitar aglomeraciones que provoquen contagios de coronavirus y hacer más expedito el proceso, considerando la alta cantidad de candidatos.

Despejado ese tema, la siguiente preocupación es saber qué se vota y la respuesta es sencilla: Habrá cuatro papeletas, en una se escogerá a los miembros de la Convención Constituyente; en otra a los gobernadores regionales; en otra a los alcaldes de las 345 comunas del país y en otra, a los integrantes de los concejos municipales.

Según han estimado en el Servicio Electoral (Servel), marcar las cuatro papeletas tomará cerca de cuatro minutos a los electores. De hecho, en algunas comunas y distritos, será todo un desafío doblar el voto, los cuales contendrán más de 100 nombres.

CÓMO FUNCIONARÁ LA CONVENCIÓN

De las cuatro elecciones, sin duda es la más importante, ya que definirá a quienes construirán la Carta Fundamental que se espera rija los destinos del país por los próximos 30 o 40 años. Pero pese a su relevancia, parte de la ciudadanía aún no sabe bien cómo operará el órgano que la redactará.

La instancia estará compuesta por 155 personas, su composición será paritaria, y incluirá 17 escaños para representantes de los 10 pueblos originarios presentes en el país, los que serán escogidos exclusivamente por la población indígena o autoidentificada como tal, que suman 1.239.295 personas.

Cada distrito escogerá a un determinado número de representantes, de acuerdo al número de votantes que posea. Por ejemplo, en el distrito 10 (Macul, La Granja, Providencia, Ñuñoa, Santiago y San Joaquín), se eligen 7 convencionales, mientras que en el 1 (Arica, Camarones, Putre, General Lagos), escogerán solo 3.

Una vez electos los miembros de la Convención, esta comenzará a funcionar entre mayo y junio de este año en el Palacio Pereira, en Santiago. Una vez que se constituyan, la primera tarea que tendrán será elaborar un reglamento en el que se establecerán las reglas para elaborar los artículos de la nueva Constitución.

PLAZO Y PLESBICITO DE SALIDA

Para terminar el texto, los convencionales tendrán 9 meses de plazo. De no culminar en ese periodo, podrán solicitar tres meses adicionales. Un aspecto clave es que cualquier decisión que se adopte debe contar con el respaldo de los dos tercios de sus integrantes, lo cual obligará a un amplio acuerdo de todas las fuerzas políticas.

Una vez terminado su trabajo, la Convención se disuelve y el Presidente de la República deberá convocar a un plebiscito nacional constitucional para que la ciudadanía apruebe o rechace el nuevo texto.

El voto en esos comicios será obligatorio para quienes tengan domicilio electoral en Chile y quien no lo haga será penado con una multa de 0,5 a 3 unidades tributarias mensuales.

Dicho proceso deberá hacerse 60 días después de la publicación en el Diario Oficial del decreto supremo que lo convocará.

Si gana el Apruebo, el Presidente de la República debe convocar al Congreso pleno para que, en un acto público y solemne, se promulgue y se jure o prometa respetar y acatar la Nueva Constitución Política de la República.

Si gana el rechazo, quedaría vigente la Constitución de 1980.

Cabe destacar que el texto de Nueva Constitución que se someta a plebiscito deberá respetar el carácter de República del Estado de Chile, su régimen democrático, las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.

Además, no podrá poner término anticipado al período de las autoridades electas en votación popular, salvo que aquellas instituciones que integran sean suprimidas u objeto de una modificación sustancial.

¿QUÉ HARÁ UN GOBERNADOR?

Otra duda recurrente tiene que ver con las atribuciones que tendrán los gobernadores regionales que serán elegidos en abril. Se trata de un cargo nuevo, que tomará gran parte de las funciones de los actuales intendentes, que eran elegidos por el Presidente de la República.

El objetivo, es darles mayor democracia y autonomía a las regiones. El gobernador tendrá como tareas coordinarse con los demás órganos y servicios públicos y asignar los recursos asignados para cada zona.

Asimismo, podrá formular políticas de desarrollo, pudiendo privilegiar ciertos temas o énfasis de acuerdo con su programa, que no necesariamente tendrá que ver con el del Gobierno central.

No obstante, en el desarrollo de sus funciones tendrá que convivir con la presencia del delegado presidencial regional, a quien le corresponderá la coordinación y supervigilancia de los servicios públicos que ejercen funciones administrativas en la región, que dependan o se relacionen con el Presidente a través de un ministerio.

Además, el delegado debe velar porque en el territorio de su jurisdicción se respete la tranquilidad, orden público y resguardo de las personas y bienes y podrá requerir el auxilio de la fuerza pública en el territorio de su jurisdicción, implementando de ese modo las directrices del Ministerio del Interior. (Emol)

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