Voto programático

Voto programático

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El proyecto de ley sobre Fortalecimiento y Transparencia de la Democracia, introduce una obligación a los candidatos a Presidente de la República a presentar un programa donde indicarán las principales acciones, iniciativas y proyectos que se pretenden desarrollar durante su gestión. De no hacerlo, puede tenerse por no presentada la candidatura.

Nuestro sistema democrático ha experimentado, al igual que muchas democracias consolidadas, un severo proceso de desafección de las personas, abstención electoral y de desconfianza en el mundo político.Pero el desinterés por política no ha significado que la presión ciudadana por ejercer derechos y controlar a los poderes públicos haya desaparecido. Lo que sucede es que ya no basta con delegar cada cuatro años su derecho a decidir.

Cada vez es mayor la demanda por una participación más efectiva. Una actitud crítica hacia la política es una señal de madurez democrática y no la antesala de su agotamiento. Soy de las que creen que la sociedad es democráticamente madura si administra celosa y responsablemente su confianza en  los representantes.

El sistema político ha intentado canalizar estas demandas. A la ley de Probidad Administrativa, las reformas que dieron rango constitucional al Principio de la Probidad y de Publicidad de los actos de los organismos del Estado, y la creación del Consejo para la Transparencia se suman las reformas fruto de la Comisión Engel.

Una de las causas de la crisis de confianza con las autoridades electas tiene que ver con la mala calidad de la “promesa electoral” que se construye entre votante y candidato. Hoy votamos por personas, no por ideas ni proyectos. Eso debilita la posibilidad de control. ¿Sobre qué va a recaer la cuenta a rendir si no ha habido sustancia en la “promesa electoral” acordada?

El voto programático incorporado en la Constitución colombiana y utilizado en diversos municipios brasileños y argentinos puede ser un paso en esta dirección. Su objetivo es establecer una relación más estrecha entre los ciudadanos y sus representantes, llenar de contenido la “promesa electoral” hoy vacía.

A través del voto programático, los electores imponen al elegido el mandato de cumplir el programa que inscribió al momento de postularse.Al hacerlo, -en algunos modelos- adquieren la posibilidad de revocar su mandato si, verificadas determinadas condiciones (más de un año y quórum sobre el 50% de los electores), el mandatario no ha dado cumplimiento a su programa.

El voto programático obliga a complementar el carisma con ideas, y a someter éstas a la consideración efectiva por los electores.  Pero, sobre todo, establecer un programa claro y exigible, que constituye un instrumento de contraloría ciudadana que facilita el involucramiento de las personas en los asuntos públicos.

Durante mi ejercicio como senadora presenté un proyecto sobre voto programático para impulsar los principios señalados. Creo que este primer paso en la actual reforma es un avance en la línea correcta, que se debe extender a todos los cargos de elección popular. (La Tercera)

 Soledad Alvear

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