Perú: chilenas CSAV y CMCh investigadas por colusión en transporte marítimo

Perú: chilenas CSAV y CMCh investigadas por colusión en transporte marítimo

Compartir

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual presentó una denuncia por colusión contra varias empresas de transporte marítimo, entre las que destacan la Compañía Sudamericana de Vapores (CSAV) y la Compañía Marítima Chilena.

Ambas empresas chilenas son investigadas de formar parte de un cartel internacional para la fijación concertada de precios y condiciones comerciales, por lo menos, entre los años 2009 a 2013.

De acuerdo al comunicado de la Indecopi, el presunto cártel fue identificado debido a las constantes acciones de fiscalización, a través de la Secretaría Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia.

La Indecopi también indica que los datos para iniciar esta investigación “provienen de actas de reuniones, comunicaciones y archivos electrónicos, obtenidos en las visitas de inspección y demostrarían que las compañías investigadas habrían establecido una plataforma para coordinar e implementar sus decisión”, señala el comunicado.

Las otras empresas involucradas son: American President Lines, Ltd., CMA CGM,Hamburg Südamerikanische Dampfschifffahrts Gesellschaft KG., Hapag Lloyd AG, Kawasaki Kisen Kaisha Ltd., Maersk Line Agency Holding AS., Mediterranean Shipping Company SA., Mitsui O.S.K. Lines Ltd. y Nippon Yusen Kabushiki Kaisha.

La Compañía Sudamericana de Vapores ya ha estado involucrado en casos similares, en 2014 se declaró culpable de fraude en EE.UU. y en 2015, recibió una multa en China por colusión en el transporte de autos.

DECLARACIÓN DE LA CSAV

– Esta investigación de la autoridad peruana se refiere a relaciones formales entre las 17 empresas requeridas, mantenidas entre 2009 y 2013 en el marco de la conferencia marítima para el transporte de contenedores denominada “Asia-Costa Oeste de Sudamérica”, de la cual eran miembros todas las compañías navieras mencionadas.

– Las conferencias marítimas son acuerdos legalmente aceptados en la mayoría de las rutas comerciales del mundo y empleadas por la industria a nivel global. Los principios generales que regulan su operación fueron acordados en 1974 mediante el tratado internacional “Código de Conducta de las Conferencias Marítimas”, de la Conferencia de las Naciones Unidas para el Comercio y Desarrollo (CNUCD). Perú se adhirió a dicho tratado en 1978.

– En Chile, el 2009 la Fiscalía Nacional Económica (FNE) realizó una investigación de similares características a la actualmente en curso en Perú. Dicha causa derivó en una solicitud de recomendación normativa ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) para la derogación del artículo 5° de la Ley de Fomento de la Marina Mercante, norma que ratifica la licitud de las conferencias y otros acuerdos navieros en Chile. El TDLC no estimó necesario derogar esta norma, confirmándose de ese modo que las acciones acordadas en el marco de las conferencias no infringen las reglas de la libre competencia.

– CSAV rechaza tajantemente aquellas prácticas que atenten contra la legalidad vigente en cualquiera de las jurisdicciones en las que se desempeña. La operación de la empresa en Perú se dio en el marco de la referida conferencia marítima, sin perjuicio de lo cual la compañía ha realizado y continuará realizando sus mejores esfuerzos para colaborar con la autoridad, con el fin de demostrar que operó respetando la legalidad vigente.

 

Dejar una respuesta