Sorpresa causó entre los senadores y diputados la resolución del Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago de alzar el secreto de los aportes reservados realizados por Cencosud, Quiñenco y Antar Chile a campañas políticas desde junio 2005 -cuando comenzó a operar la reforma procesal penal- a la fecha.
Con ello se busca que el fiscal Ezio Braghetto tenga acceso a los montos y antecedentes de respaldo de estos aportes. Braghetto indaga a estas empresas por el eventual delito de apropiación indebida, luego que uno de sus accionistas minoritarios, Óscar Gajardo, presentara una batería de querellas contra estas y otras siete sociedades por considerar que este tipo de donaciones debiesen ser autorizadas por la junta de accionistas, y no solo por los administradores.
Para los parlamentarios, de aceptarse la orden, se vulneraría el «espíritu» de la norma sobre los aportes reservados, lo que podría generar un escenario «complejo» e «incierto».
El presidente del PPD, Jaime Quintana, expresó que la decisión no deja de «sorprenderlos», ya que, a su juicio, «se aparta del espíritu de la norma establecida». Aún así, advirtió que se debe «respetar» lo que decida la justicia.
Su par de la DC, Jorge Pizarro, calificó la resolución como «extraña», porque, a su parecer, la «esencia» de ese tipo de aporte es que sea de carácter reservado, particularmente por quienes lo reciben. Agregó, además, que no cree que se pueda alzar el secreto sin la «anuencia de quien lo hizo de parte de las empresas mismas».
Desde la UDI, su presidente, Hernán Larraín, aseguró que es «sorprendente» que «un juez pueda pasar por encima de la ley». Para el senador opositor, la resolución podría provocar «efectos impensados» y un escenario «complejo». «Afecta a la seguridad jurídica que se basa en el cumplimiento del sentido de la ley, y en este caso este juez se encontraría alterando el sentido de la ley», dijo.
DUDAS SOBRE ALCANCE DE RESOLUCIONES
A pesar de que la orden del Cuarto Juzgado de Garantía generó inmediatas interpretaciones sobre una eventual publicación de los aportes reservados de cada uno de los parlamentarios, queda la duda de cuál es el real alcance de estas resoluciones. Por una parte, la redacción de cada una de ellas es amplia; por otra, la petición del Ministerio Público tampoco es acotada, pudiendo interpretarse que solo deben entregarse los montos por este concepto o, eventualmente, estos y sus destinatarios.
La magistrada Carolina Araya autoriza «el alzamiento del secreto respecto de los aportes reservados, realizados conforme al artículo 19 de la Ley N°19.884 por la empresa Cencosud a alguna o algunas de las campañas políticas (…) y en caso de haberse realizado una o más donaciones, a informar los montos correspondientes con la documentación respectiva de cada donación».
Para el cumplimiento de esta decisión, en tanto, ordena al director nacional del Servicio Electoral (Servel), Patricio Santa María, que «proceda a la entrega completa de los antecedentes antes referidos al fiscal».
En el caso de Quiñenco, la jueza Andrea Díaz-Muñoz visó idéntica diligencia precisando que «en caso de haberse realizado una o más donaciones, se deberán informar los montos correspondientes con la documentación respectiva». Mientras que en el de Antar, la magistrada Daniela Guerrero oficia a Santa María para que «informe la efectividad de los aportes y sus montos, remitiendo esta información y la documentación de que dispusiere».
Por otra parte, el fiscal, en una de sus peticiones al tribunal -siendo las otras dos similares-, advierte que «para finalizar con éxito la investigación es necesario obtener la información sobre la existencia de dichos aportes o donaciones políticas realizadas por Cencosud, sus montos y respectiva documentación de cada donación». Puntualiza, además, que «sin ella no se podría conocer el monto total de las donaciones o aportes (…) y a su vez el destino de dichos fondos».
En todo caso, cabe recordar que la Superintendencia de Valores y Seguros fijó un marco y descartó que los aportes de empresas a políticos, hechos en el ámbito de la ley, infrinjan la ley de Sociedad Anónima (S.A.) y vulneren los intereses de las compañías y sus accionistas.
SE DESNATURALIZA SENTIDO DEL APORTE
A pesar de lo anterior, entre los parlamentarios persiste el cuestionamiento. El jefe de comités de senadores del PS, Carlos Montes, señaló que «todos quienes han estudiado el tema dicen que esto no sería constitucional. Si va a ser información pública, se va a generar un problema fuerte, muy complejo».
Una opinión similar tiene el diputado DC Aldo Cornejo, quien aseguró que la orden «desnaturaliza y vulnera» el «verdadero sentido» de los aportes reservados. Cornejo, asimismo, advirtió que el problema de que se le entregue la información al Ministerio Público es que «hasta ahora está demostrado que todo se filtra».
El ex presidente del PS, diputado Osvaldo Andrade, planteó que la «naturaleza» de este tipo de aporte es mantenerlo justamente reservado. «En la medida en que eso se vulnera, se desnaturaliza la institución del aporte reservado. Se abre un escenario incierto y un espacio de incertidumbre muy importante», explicó.
Por su parte, el jefe de bancada de RN, Alejandro Santana, afirmó que «este tipo de fallos generan un precedente que altera la sustentabilidad de los trámites legislativos».


