En una sesión extraordinaria que duró cerca de cinco horas, la Comisión de Probidad y Transparencia del Senado despachó el articulado del proyecto de ley de partidos políticos para ser visto en Sala.
Entre los principales puntos despachados está la indicación del Ejecutivo que para constituir una colectividad se exige afiliar un 0,25% de los electores que hubieran sufragado en la última elección de diputados en cada una de las regiones donde esté constituyéndose, siendo necesaria al menos tres regiones contiguas y 8 discontinuas.
No obstante, se mantuvo el criterio que establece que para mantenerse como colectividad política en el tiempo se requerirá de al menos un 5% de los votos de la elección anterior y conseguir al menos cuatro parlamentarios en dos regiones distintas, de lo contrario desaparecerá como partido.
“La ciudadanía puede tener garantía completa que desde la aprobación de esta ley tendremos partidos totalmente transparentes” dijo el ministro Secretario General de la Presidencia (Segpres), Nicolás Eyzaguirre, a la salida del salón donde se discutió el proyecto.
En la instancia también se definió el principio de elección directa en el caso de las internas de los partidos y, por mayoría, se acordó mantener la fórmula de “un militante un voto” no sólo para los consejeros sino también para las directivas de los partidos.
En ese punto se produjo una amplia discusión dado que, a juicio de los senadores Ignacio Walker y Ricardo Lagos Weber, sería mejor no imponer un sistema específico para “la elección interna de los partidos, pero todos son democráticos” y recordaron que el Partido Socialista cumplió 80 años y tiene una tradición con un mecanismo indirecto para la elección de su directiva.
Asimismo, se definieron las normas internas que regirán a los partidos políticos para llevar a efecto reclamaciones y denuncias por infracciones o irregularidades que pudieran cometer militantes o afiliados y las sanciones, que irán desde la amonestación hasta la expulsión de la colectividad.
En tema de patrimonio, se estableció que los partidos podrán ser propietarios de inmuebles, pero al menos dos tercios de ellos deberán estar destinados a fines propios de la actividad de los partidos.
Además, deberán informar anualmente al Servicio Electoral la totalidad de los bienes inmuebles inscritos a nombre del partido. “Muchos de los partidos tienen un determinado patrimonio derivado de su historia y yo creo que no hay ningún problema si les ayuda a financiar la política. Pero sí tenemos que estar seguros de que la forma de invertir ese patrimonio no dé lugar a conflictos de intereses, que pudieran dar tentación de desarrollar acciones para mejorar el valor de sus activos, en lugar de la función pública”, señaló el titular de la Segpres.
La instancia tenía el compromiso de concluir el despacho del proyecto de ley sobre partidos políticos el domingo. Otras materias discutidas fueron competencia electoral, supervisión de elecciones, democracia interna, sanciones disuasivas y participación de mujeres.
Recordemos que el pasado 21 de diciembre, la Cámara Baja aprobó el proyecto de Ley de Partidos Políticos con 97 votos a favor.


