INDH

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Violando claramente los principios de competencia y especialidad que rigen la actuación de los organismos del Estado, el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) acordó querellarse por un eventual tráfico de influencias en un nombramiento judicial.

Dicho acuerdo es perfectamente nulo y de ningún valor. Lo puede declarar así cualquier tribunal de la República, como igualmente el juez que conoce de la causa debería inadmitir a tramitación la retórica querella presentada, por falta de legitimación en causa activa de conformidad con la Constitución (artículo 83 inciso segundo) y el Código Procesal Penal (artículo 111 inciso tercero).

Tal intromisión del Estado desvirtúa los objetivos del juicio penal, además de perturbar el derecho a un procedimiento justo y racional que les asiste a los querellados, al aumentarles indebidamente la carga en su defensa. (El Mercurio Cartas)

Iván Aróstica M.