Gral. Yáñez: Corte de Apelaciones declara inadmisible recurso de amparo

Gral. Yáñez: Corte de Apelaciones declara inadmisible recurso de amparo

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La Corte de Apelaciones rechazó esta tarde el recurso de amparo presentado ayer por el abogado Jorge Martínez, defensa de general director de Carabineros, Ricardo Yáñez, como parte de la estrategia para dejar sin efecto la formalización en su contra, programada para el 7 de mayo.

Se trata de un nuevo revés, luego que el martes el Tribunal Constitucional rechazara su solicitud de suspensión del proceso en que el Ministerio Público espera formularle cargos por eventuales conductas omisivas, relacionados con delitos de apremios ilegítimos en el contexto del estallido.

En la resolución, firmada por los ministros Jorge Luis Zepeda, Alejandro Rivera Muñoz e Isabel Zúñiga Alvayay, destacan que el recurso de amparo tiene como finalidad esencial controlar la «legalidad» de eventuales afectaciones o amenazas a la libertad personal y seguridad individual, en términos de verificar que la misma se ajuste a la Constitución y a las leyes.

En esa línea, detallan que «los antecedentes expuestos en el recurso no constituyen una denuncia de hechos que correspondan a aquellos que, según el artículo 21 de la Constitución Política de la República, deban ser conocidos en esta clase de acciones, máxime si, de lo señalado, se advierte de manera manifiesta que los mismos se encuentran ya bajo la tutela jurisdiccional del 7° Juzgado de Garantía de Santiago».

«Que, por ello, no puede pretenderse que la acción de amparo se erija en un instrumento que propicie la revisión por vía no destinada al efecto de lo actuado por un tribunal», señalan.

Añaden que de acuerdo a lo que señala el Código Procesal Penal, «la oportunidad procesal para conocer los hechos de la investigación, y los detalles de los mismos como su calificación jurídica preliminar, no es otra que la audiencia de formalización».

En esa línea, detallan que la audiencia de formalización tiene por objetivo «simplemente comunicar en presencia del Juez de Garantía, de que se desarrolla actualmente por el Ministerio Público una investigación en su contra respecto de uno o más delitos determinados, los que serán expuestos verbalmente en esa misma audiencia, singularizando los cargos que se presentarán y además solicitudes que se efectúen al mismo tribunal y el imputado manifestará lo que estime conveniente, siendo esa la orgánica exclusiva y excluyente para esos objetivos», explican. «Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso intentado«, cerraron.

OTRAS ACCIONES

Martínez había presentado ayer otros dos recursos junto al amparo. Uno de ellos, de no innovar, la que no será revisada luego que el recurso de amparo se ordenara inadmisible, y una medida prejudicial precautoria para solicitar la paralización o suspensión de la tramitación de la causa contra Yáñez, la que continuará su curso.

Lo anterior, «por haber actuado el Ministerio Público fuera de sus competencias constitucionales y legales al irrogarse facultades legislativas y jurisdiccionales en su actuación, lo que constituye fundamento para presentar una demanda de nulidad de derecho público en su contra».

Junto a ello, solicitó que se amplíe a 30 días el plazo para notificar dicha solicitud y su resolución. De todas formas, una de las cartas que quedan disponible para Yáñez, es acudir ahora a la Corte Suprema. (Emol)