El Consejo Fiscal Autónomo (CFA) publicó un nuevo informe sobre las implicancias y riesgos fiscales del proyecto de ley que impulsa el Gobierno para crear el Financiamiento Público para Estudios de Nivel Superior (FES).
El CFA alertó que el ahorro fiscal neto a diez años estimado por la Dirección de Presupuestos (Dipres) en sus informes financieros depende de medidas distintas al mecanismo propio del FES, como la eliminación de becas de arancel y la postergación de la extensión de gratuidad.
Déficit del mecanismo inherente del FES
El CFA observó que el mecanismo propio del FES genera un resultado deficitario, incluso en las proyecciones a largo plazo.
Ahorro neto a 10 años: El ahorro neto del mecanismo propio del FES al año diez es negativo en $\$358.500$ millones de $2025$ ($0,09\%$ del PIB proyectado). Al incluir los gastos institucionales, el ahorro neto negativo es de $\$361.563$ millones de $2025$ ($0,09\%$ del PIB proyectado).
Ahorro neto a 74 años: El CFA alertó que el ahorro neto promedio del mecanismo inherente del FES proyectado a $74$ años sería negativo en $\$118.391$ millones de $2025$ ($0,03\%$ del PIB proyectado).
El Consejo advirtió que la situación de desembolsos mayores a las contribuciones fiscales del FES se modera en el largo plazo, pero no se revierte completamente en el periodo proyectado.
Observaciones contables y legales
El CFA señaló que diez años no es un plazo suficiente para evaluar íntegramente el impacto fiscal de este proyecto, por lo que sugiere ampliar la proyección en la discusión legislativa.
Clasificación contable: En línea con el dictamen de la Contraloría, el CFA indicó que los desembolsos del FES deben ser contabilizados como un gasto y sus contribuciones como un ingreso. Ambos deben ir «sobre la línea«, con efecto patrimonial en el resultado fiscal del Gobierno, lo que confirma que el efecto sobre el balance fiscal del mecanismo propio del FES es deficitario.
Razón del déficit: El CFA precisó que el FES no permite asignar un valor cierto a la obligación que tienen los usuarios de contribuir. Esto implica que dicha obligación no puede ser reconocida como un derecho financiero cierto y, consecuentemente, como un activo financiero del fisco.
El Consejo recordó que la clasificación contable definitiva del FES —y la ubicación de sus flujos sobre o bajo la línea— está sujeta a las definiciones que adopte el Ministerio de Hacienda tras el dictamen de la Contraloría.
Recomendaciones y riesgos
El CFA sugirió que los informes financieros del proyecto incluyan no solo los montos agregados del mecanismo del FES, sino también las variables y supuestos utilizados en su proyección. Estos datos incluyen el número total de usuarios por año, las cifras de aranceles regulados y las rentas estimadas para las personas en etapa de pago.
Análisis de cohortes: Se consideró relevante realizar un análisis de recuperación promedio por cohorte de estudiantes, dado que en casi todo el periodo de proyección los desembolsos superan a las contribuciones.
Riesgos fiscales: El CFA identificó riesgos fiscales relevantes que podrían variar las proyecciones de los informes financieros. Estos incluyen una mayor composición de estudiantes que no contribuyan o que lo hagan con montos bajos, y la subestimación de desembolsos por aranceles regulados. (NP-Gemini-Emol)



