Congreso despachó reglamento para consejeros, expertos y árbitros

Congreso despachó reglamento para consejeros, expertos y árbitros

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El nuevo proceso constituyente ya tiene reglamento: el Senado aprobó la propuesta de la comisión bicameral que tramitó este documento por 39 votos a favor, 2 en contra (Karim Bianchi y Rojo Edwards) y 2 abstenciones (Fabiola Campillai y Kenneth Pugh).

Más temprano la Cámara había hecho lo mismo, por 125 a favor, 6 en contra y 6 abstenciones. Estas normas, trabajadas por casi 18 horas entre el lunes y la mañana del martes por parte de la comisión bicameral formada entre la Cámara y el Senado, abordan el funcionamiento de los tres órganos que intervienen en el nuevo proceso constituyente. 

Estos son la Comisión Experta, encargada de elaborar el anteproyecto constitucional; el Consejo Constitucional, encargado de deliberar y aprobar las normas del proyecto de nueva Carta Magna; y el Comité Técnico de Admisibilidad, cuyo rol es velar por el cumplimiento de las 12 bases institucionales.

Entre los puntos más relevantes que tiene este documento es que se incorporó la posibilidad de la abstención para los integrantes de los órganos del proceso, además de poder votar «a favor» o «en contra».

Además, la mesa de la Comisión Experta y del Consejo Constitucional estarán integradas por un presidente y un vicepresidente, elegidos en una única votación -ganan las dos primeras mayorías- y con posibilidad de censurarlos por causa grave «debidamente justificada».

También se define que habrá cuatro subcomisiones en la Comisión Experta, que se repetirán en el Consejo Constitucional. Serán Sistema Político, Reforma constitucional y Forma de Estado; Función Jurisdiccional y Órganos Autónomos; Principios, Derechos Civiles y Políticos; y Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales.

Una novedad respecto al proceso previo es que los consejeros se organizarán en bancadas, integradas por un mínimo de 5, y cada una de estas tendrá un «delegado» que acudirá a las reuniones para tomar acuerdos sobre los distintos procedimientos del Consejo Constitucional.

Asimismo, el reglamento aborda los mecanismos de participación ciudadana, que incluyen iniciativas populares de norma -10 mil firmas requeridas-, audiencias públicas, diálogos ciudadanos deliberativos y consultas ciudadanas.

Finalmente, se establece que la modificación del reglamento puede proponerse por parte del Consejo Constitucional, Comité Técnico de Admisibilidad y Comisión Experta, pero debe tramitarse por el Congreso Nacional.

Además, tanto la Comisión Experta como el Consejo Constitucional, por unanimidad, podrán decidir suspender la aplicación de una disposición reglamentaria para algún asunto concreto de su competencia. (Emol)