¿Cambiar de régimen político?

¿Cambiar de régimen político?

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Nuevamente han resurgido las propuestas de introducir un régimen parlamentario o semipresidencial. Se reabre así una discusión importante que es preciso encauzar.

El régimen político debe responder a una concepción del Estado como sistema de instituciones, procedimientos y normas explícitas e implícitas orientado hacia el bien de la sociedad y las personas. Ese engranaje de toma de decisiones es cada vez más complejo para poder responder a los múltiples desafíos de la sociedad.

El sistema debe ser coherente con la cultura y la evolución constitucional del país. No debe reflejar un ejercicio de ingeniería política abstracta. Nuestra historia es presidencialista. Las crisis constitucionales graves han tenido una doble expresión: un conflicto entre el Presidente de la República y el Congreso Nacional en el siglo XX; y las disputas entre las regiones y la capital en el siglo XIX; pero sus causas exceden con mucho lo meramente constitucional.

El proceso constituyente se da en un período acelerado de cambio a nivel global. Se buscan nuevas formas institucionales. Una expresión de ello es el desarrollo del área de la autonomía constitucional formada por instituciones públicas independientes del Gobierno y de la fiscalización del Parlamento.

Hay que pensar instituciones capaces de soportar malos gobiernos y sortear las oscilaciones del electorado con un sistema de partidos políticos débil.

El camino debiera ir por una adecuación del presidencialismo reequilibrando la balanza del poder a nivel central y regional. Algunos de los principales cambios podrían ser:

1.- Rediseño del llamado “centro de gobierno” configurando un jefe de Gabinete, siempre dependiente del Presidente, pero con atribuciones propias. Así se favorecería la formación de coaliciones políticas amplias.

2.- Delimitación de la potestad reglamentaria autónoma del Presidente.

3.- Precisar las materias de ley que sean de la exclusiva iniciativa presidencial, incluidas las reformas a la Constitución.

4.- Establecer una cierta especialización legislativa del Senado y de la Cámara de Diputados: algunas materias solo serían vistas por esta última, estableciendo un mecanismo de revisión interna.

5.- Reducción significativa de los quorum supramayoritarios tanto en lo relativo a los asuntos como en el porcentaje de votos requeridos, incluida la ratificación del Senado de los nombramientos propuestos por el Presidente. Igual reducción debe hacerse respecto del quorum requerido para que el Congreso insista en su criterio frente a un veto presidencial, pero siempre debe superar la votación que dio origen a la norma.

6.- Exigencia de autorización del Congreso para que el Presidente pueda denunciar un tratado internacional vigente.

7.- Modernización y profesionalización de la Administración Pública. La Dirección del Servicio Civil y el Consejo para la Transparencia podrían gozar de autonomía constitucional. Delimitación de la responsabilidad en el uso de la inteligencia artificial.

8.- Regular en forma precisa la competencia de los Gobiernos Regionales y limitar la de los Delegados Presidenciales principalmente a la mantención del orden público, el resguardo de las fronteras y la seguridad del país. Avanzar hacia una forma de descentralización del manejo presupuestario y del control del gasto público.

9.- Creación del Defensor del Pueblo para canalizar los reclamos ciudadanos frente a transgresiones o incumplimiento de la ley por parte del Estado en todo lo relativo a sus derechos, sin perjuicio del servicio de defensa del consumidor.

10.- Consagración de mecanismos de participación ciudadana directa, como la iniciativa popular de ley, el referéndum revocatorio de ley y los diversos tipos de plebiscito para resolver asuntos de interés público tanto a nivel nacional como regional y local. Todo ello sin perjuicio de consultas ciudadanas no vinculantes a nivel local y regional.

Así se podría configurar un régimen político moderno, capaz de llevar a la práctica los principios constitucionales y de prevenir abusos de poder o uso discriminatorio de la autoridad. (El Mercurio)

José Antonio Viera-Gallo