La Corte Suprema determinó que el fisco deberá pagar $100 millones como indemnización al hijo del integrante del MIR Ricardo Delfín Ruz Zañartu, quien fue asesinado por agentes del Estado el 27 de noviembre de 1979 en Providencia, delito tipificado como «homicidio calificado».
En fallo unánime, el máximo tribunal acogió el recurso de casación presentado y estableció que el homicidio de Ruz Zañartu es un crimen de lesa humanidad y, en consecuencia, imprescriptible tanto en el aspecto penal como civil.
«La indemnización del daño producido por el delito y la acción para hacerla efectiva, de máxima trascendencia al momento de administrar justicia, compromete el interés público y aspectos de justicia material» señala el documento.
El fallo señala que la acción civil «tiene como objeto obtener la reparación íntegra de los perjuicios ocasionados por el actuar de agentes del Estado de Chile, ya que así lo demanda la aplicación de buena fe de los tratados internacionales suscritos por nuestro país y la interpretación de las normas consideradas ius cogens por la comunidad jurídica internacional».
Estas disposiciones internacionales están sobre aquellas de orden nacional que «posibilitarían eludir las responsabilidades en que ha incurrido el Estado chileno, a través de la actuación penalmente culpable de sus funcionarios, dando cumplimiento de este modo a la Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados».
El máximo tribunal indica además que «la responsabilidad del Estado por esta clase de ilícitos siempre queda sujeta a reglas de Derecho Internacional, las que no pueden ser desoídas en función de otros preceptos de derecho patrio»
Por el crimen fueron sentenciados los miembros en retiro de Carabineros, José Orellana Taiba y Luis Monroy Mora a penas de 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada. (Soy Chile)