La presidenta del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela (TSJ), Gladys Gutiérrez, rechazó este jueves la decisión de la Corte Suprema de Chile de pedir a la OEA que visite a los opositores presos Leopoldo López y Daniel Ceballos.
«El Poder Judicial honra su misión de preservar su soberanía impidiendo que se atente contra la dignidad de la república por lo que nunca atenderán a exigencias fuera de lugar, provenientes de otras naciones», señaló Gutiérrez en un encuentro con los medios.
En tanto, desde el Gobierno se señaló que se cumplirá el encargo de la Corte Suprema de pedir a la Organización de Estados Americanos (OEA) que visite a López y a Ceballos.
La presidenta del TSJ consideró que este recurso de protección tiene «infundadas afirmaciones, al margen de la verdad y del derecho internacional, a través de un documento que, aunque es obvio señalarlo, carece de validez y es absolutamente inejecutable en el orden internacional».
La magistrada sostuvo que en este documento «se evidencia además una clara incongruencia» que invoca la carta de la OEA y «la contradice», ya que, según dijo, «en su artículo 19 dispone que ningún Estado tiene el derecho de intervenir directa o indirectamente, cual sea el motivo, en los asuntos internos o externos de cualquier otro».
«En nuestro país la potestad de administrar justicia emana de los ciudadanos venezolanos y por ello los tribunales actúan cabalmente respetando los derechos humanos, siendo así un verdadero Estado garantista de los derechos ciudadanos lo que dista de otras épocas y latitudes», señaló.
El recurso de protección inicial fue presentado en la Corte de Apelaciones de Valparaíso el 25 de mayo pasado, cuando López y Ceballos estaban detenidos en dos cárceles venezolanas y habían iniciado una huelga de hambre para pedir la liberación de los «presos políticos» en el país caribeño.
La defensa de Leopoldo López aplaudió el fallo de la Corte Suprema Chilena, que ya fue presentado ante la justicia de ese país, esperando que la medida agilice el recurso de apelación interpuesto y que lleva tres semanas sin ser revisado.
Juan Carlos Gutiérrez, abogado de López, señaló que «esperamos que eso llegue la próxima semana, que tengamos tres magistrados de la Corte y que estos magistrados hagan brillar la justicia, que ha sido opacada en este caso desde el inicio, y que restituya el estado de derecho».
Además planteó que esperan que en esto «se demuestren los jueces venezolanos a sí mismos y a la comunidad internacional y al pueblo de Venezuela que sí hay jueces capaces, competentes y que pueden emitir una sentencia pegada a la legalidad, así como lo han hecho los jueces de Chile».
JOSÉ MIGUEL INSULZA
El ex secretario general de la OEA, José Miguel Insulza, afirmó que el fallo de la Corte Suprema de solicitar que se revise ‘in situ’ la situación de los opositores Leopoldo López y Daniel Ceballo provocará “algún problema” entre Chile y Venezuela.
Según Insulza, la Comisión (autónoma) es la que decide “si va o no va”, sin embargo “creo que provocará algún problema entre Venezuela y Chile”, a pesar que no es una petición del gobierno”, apostilló.
“La Comisión tiene que ser invitada. La mayor parte de las naciones latinoamericanas ha extendido invitaciones abiertas, pero si Venezuela no ha hecho esa invitación, tiene que ser aceptada por ellos. Venezuela está en su derecho a negarse, de acuerdo a las normas actualmente vigentes”, precisó Insulza.
Insulza indicó, además, que esta petición tiene pocos precedentes y recordó que, en otros periodos de tiempo, Venezuela no ha permitido a la Comisión de Derechos Humanos de la OEA ingresar al país.
PC CUESTIONA DECISIÓN DE LA SUPREMA
En tanto, el Partido Comunista (PC) cuestionó y manifestó su preocupación por el fallo de la Corte Suprema.
En un comunicado, los comunistas “manifestaron su preocupación ante el fallo que no puede abstraerse del clima preelectoral existente en Venezuela y de la campaña externa que ha pretendido desestabilizar al gobierno y la institucionalidad de ese país”.
Aseguraron que “la jurisdicción universal tiene aplicación, de acuerdo a los tratados, principios y doctrina del derecho internacional, respecto de delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra que habilitan la persecución penal por cualquier Estado”.
El PC sostiene que “el derecho constitucional que se pretende proteger, según el fallo, es el derecho a la vida. No obstante, no aparece cuáles son los hechos que configurarían la amenaza a ese derecho. Más aun, el fallo no especifica en modo alguno las circunstancias que amenazarían la vida de los protegidos», aseveraron en el texto.


