Caso Audio-Vivanco: Cordero afirma que «Presidente puede ejercer sus facultades»

Caso Audio-Vivanco: Cordero afirma que «Presidente puede ejercer sus facultades»

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Con atención mira el Gobierno los nuevos antecedentes del caso Audios, que ahora vinculan a la ministra de la Corte Suprema, Ángela Vivanco. En los chats dados a conocer por el medio Ciper, la jurista pidió ayuda al abogado Luis Hermosilla para postular (ingresar) al máximo tribunal, hecho que se concretó en 2018.

Luego, el penalista le pidió ayuda a la ministra en una causa que involucraba a la PDI y la Defensoría de la Niñez. El Ejecutivo está expectante al pleno de la Corte Suprema que acontecerá este lunes para abordar el caso. Así lo afirmó el ministro de Justicia, Luis Cordero.

«El pleno tiene facultades en general para velar por el correcto funcionamiento de la Administración de Justicia y particularmente también de sus miembros. La decisión, creo que es conveniente esperarla hoy día al término de ese pleno. El Ejecutivo está atento esencialmente porque el Presidente de la República también tiene una atribución constitucional en esta materia y en función de lo que decida la Corte, es también las acciones que va a emprender el Ejecutivo sobre este punto«, sostuvo.

En esa línea, advirtió que «para cualquier persona que forma parte de cualquier poder público, esas conversaciones son preocupantes, pueden comprometer abiertamente la independencia y la imparcialidad del sistema judicial, además de la confianza en el sistema institucional, que como ustedes ya bien saben y lo he señalado con anterioridad, las cifras para nuestro país sobre la confianza en el sistema de justicia son extremadamente bajas y circunstancias como esta no hacen sino profundizar esa situación».

REFORMA

En cuanto al proyecto de ley sobre reforma al sistema de nombramiento en el Poder Judicial que tiene comprometido el Gobierno, Cordero apuntó que «de las variadas propuestas que hay, los consensos son difíciles y el Ejecutivo va a hacer su propuesta«.

«Pero sin embargo, creo conveniente también señalar que para el Ejecutivo este simplemente no se resuelve con una reforma al sistema de nombramientos, sino que también con aspectos que están vinculados a la regulación de conflictos de intereses entre la profesión legal, pero también entre quienes participan de los procesos de nombramientos», agregó.

VALLEJO

Quien también abordó el impacto del caso Audios en la Suprema fue la ministra de la Secretaría General de Gobierno, Camila Vallejo. En conversación con Radio Infinita, la titular de Segegob indicó que «con cada antecedente que vamos conociendo, el caso se torna de gravedad», en cuanto se está vinculando a «varias instituciones de nuestro ordenamiento democrático, y por lo tanto, pone en riesgo obviamente a nuestras instituciones que tenemos que defender y fortalecer«.

El caso, continuó «ya no es un tema solo de una institución, sino que adquiere una connotación de interés público que llama no solamente a que la justicia esté a la altura de abordar hasta las últimas consecuencias de este caso, sino que además a acelerar los proyectos asociados al fortalecimiento de las capacidades investigativas y sancionatorias en casos asociados a corrupción o tráfico de influencia, conflicto de interés, sistema de nombramiento, entre otros«.

A raíz de esto es que la ministra informó que «hoy día nos vamos a reunir en el comité político como todos los lunes, vamos a abordar este y otros temas, particularmente con el ministro Cordero, porque ya estamos en la recta final para, no solo que se apruebe de una vez por todas el nuevo sistema de nombramiento notario, sino que para poder presentar en octubre la nueva propuesta de nombramiento en el sistema judicial«.

Con todo, Vallejo aseveró que el caso «es muy complejo, efectivamente, porque ya tenemos una desconfianza muy grande en la política, la institucionalidad democrática y particularmente en el sistema de justicia, que los datos son escandalosos».

«Comparativamente, hablando en América Latina, nosotros estamos dentro de los países que peor evalúan su sistema de justicia y que no se cree que hay igualdad entre los casos como el que hoy día se asocia a Vivanco«, indicó, advirtiendo que «no tengo un estudio como más sociológico respecto a eso, pero es la percepción ciudadana. Uno podría decir que está asentada en los datos duros, en los tiempos de tramitación, en la efectividad de las causas y en el cumplimiento de penas».

ATRIBUCIÓN PRESIDENCIAL

Sin Vivanco, el Pleno de la Corte Suprema, se reunió este lunes para analizar el tema.

“El Ejecutivo está atento esencialmente porque el Presidente de la República también tiene una atribución constitucional en esta materia y en función de lo que decida la Corte, es también las acciones que va a emprender el Ejecutivo sobre este punto”, comentó Cordero temprano.

Más tarde en La Moneda, la autoridad especificó sus dichos, puntualizando que en el artículo 80 de la Constitución se indica que el Mandatario tiene la facultad de “requerir a la Corte Suprema la instrucción de un procedimiento para sancionar el mal comportamiento”.

La legislación respecto al Poder Judicial especifica que los ministros de la Corte Suprema permanecen en sus cargos mientras dure su buen comportamiento y hasta cumplir los 75 años de edad. La limitación no rige respecto del presidente del máximo tribunal que permanecerá en su cargo hasta el término de su período.

En la Constitución Política y el Código Orgánico de Tribunales se establecen causales de remoción y la Corte Suprema puede declarar que los ministros que no han tenido un buen comportamiento, sean removidos por la mayoría de sus miembros. Esta declaración puede efectuarse a requerimiento del Presidente de la República, a solicitud de parte interesada o de oficio. Esta sería la atribución constitucional a la que alude el ministro.

Por otro lado, también un magistrado de la Corte Suprema puede ser removido por una acusación constitucional por notable abandono de deberes y por sentencia ejecutoriada recaída en el juicio de amovilidad, en que se declare que el juez no tiene el buen comportamiento exigido por la Constitución Política para permanecer en el cargo. (Emol-La Tercera)