Normativa anti lucro Mineduc inviabiliza Ues. de congregaciones religiosas

Normativa anti lucro Mineduc inviabiliza Ues. de congregaciones religiosas

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En el próximo discurso del 21 de mayo, la Presidenta Michelle Bachelet anunciará el envío al Congreso de su prometida reforma a la educación superior, que es parte de las reformas estructurales, junto a la tributaria, laboral y constitucional, con que pretende “refundar” diversas áreas del quehacer nacional.

En su programa presidencial de 2013, la entonces candidata prometió una reforma en educación superior que incluía crear una Superintendencia para, entre otras funciones, “velar que se cumpla la prohibición del lucro”, que es uno de los eslóganes instalados en las marchas estudiantiles y exigidos por el Partido Comunista.

Precisamente para cumplir esa promesa, el Ministerio de Educación que dirigeAdriana Delpiano está trabajando en la elaboración del proyecto de ley, cuya reservada minuta obtuvo en exclusiva El Líbero, y que entre las páginas seis y nueve establece el “marco regulatorio para resguardar el cumplimiento de la prohibición del lucro con las personas relacionadas”.

Los documentos, fechados este mes, trazan las líneas generales de los cuatro ejes de modificaciones legales, que dicen relación con los cambios institucionales, elmarco regulatorio en general para todas las casas de estudio, las regulaciones específicas para las entidades estatales y el mecanismo de financiamiento.

Respecto de la nueva Superintendencia de Educación Superior, la minuta la define como una entidad que “fiscalizará y supervigilará la viabilidad académica y financiera”, es decir, todo el quehacer de las instituciones, para lo que tendrá amplísimas facultades.

POLÉMICA REGULACIÓN

La propuesta más controvertida de la superintendencia establece que “para resguardar la prohibición de lucrar que recae en las instituciones de educación superior privadas constituidas como personas jurídicas sin fines de lucro, se contemplan tres mecanismos: Los miembros o asociados sólo podrán ser personas naturales, deberán contar con un órgano de administración superior independiente y con responsabilidad solidaria de sus integrantes y regulación de las operaciones con personas relacionadas más prohibiciones específicas”.

Esa obligación de que sólo podrán ser personas naturales es la que enciende las alarmas en especialistas en educación porque deja fuera a prestigiosas universidades del país, que tienen de dueños a instituciones religiosas, principalmente.

Carlos Williamson, ex vicerector y prorector de laUniversidad Católica, califica la regulación de “asfixiante, reduccionista y fundamentalista” que no se condice con la realidad, dado que el 30% del más del millón de estudiantes de la educación superior está matriculado en instituciones cuyos dueños son instituciones religiosas.

“En el caso de las universidades católicas, en la administración superior está representado el arzobispo en Santiago y el obispo correspondiente a la región donde funciona. Hay un problema que es ponerse de espalda a la realidad cuando hay una institucionalidad que está constituida por personas jurídicas”, sostiene el actual profesor titular de Economía de la UC.

El académico argumenta que la ley debe admitir esas situaciones para que en las instituciones estén representados los fundadores, como ocurre con las congregaciones salesianas, jesuitas, legionarias, evangélicas y masones, entre otras instituciones que son dueñas de casas de estudio.

Creo que esta regulación está escrita sobre la base de pensar en forma bastante simplista de que el mundo universitario se divide en dos ámbitos, las universidades estatales y privadas, pero dentro de las privadas hay una gran variedad”, explica Carlos Williamson, quien alega por la “visión ideológica de pensar que la vocación pública es sinónimo de lo estatal”.

Especialistas: “La restricción de que sólo personas naturales puedan participar en las corporaciones y fundaciones es inaplicable”

En la misma línea, Raúl Figueroa, director ejecutivo de Acción Educar, señala que “cuesta entender el fundamento” de la medida, ya que existen mejor mecanismos para evitar eventuales conflictos de interés  que puedan perjudicar  a la universidad, pero sin afectar la forma en que libremente se han organizado y que en muchos casos constituye el alma de una determinada institución.

“El mejor ejemplo son las universidades que dependen de  congregaciones religiosas o de personas jurídicas cuyo fin es promover por diversos medios  la docencia y la investigación, quienes según esta propuestas tendrían que desligarse totalmente de los proyectos en que participan”, sentencia Figueroa.

A la investigadora de Libertad y Desarrollo, María Paz Arzola, le  “llama la atención la contradicción” que en las universidades estatales se busca aumentar la intervención de su dueño, el Estado, en los procesos, mientras en las universidades privadas se busca limitar la forma en que sus dueños pueden influir para preservar la misión institucional y el proyecto educativo original.

“Las regulaciones que buscan prohibir el lucro dan cuenta de un desconocimiento de cómo se componen y de cómo funcionan realmente las instituciones de educación superior. Por ejemplo, la restricción de que sólo personas naturales puedan participar en las corporaciones y fundaciones es inaplicable”, afirma Arzola. (El Líbero)

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