La lápida sobre la Constitución-Roberto Munita

La lápida sobre la Constitución-Roberto Munita

Compartir

Vivimos tiempos que bien podrían denominarse de “fragilidad institucional”. La desconfianza, el populismo y el hambre por derribar organismos que hace años eran orgullo patrio están a la orden del día. Por eso, ahora que enfrentamos un proceso constituyente —en el que estas instituciones deberán caminar por una cuerda floja— se hace más necesario que nunca que las cuidemos, y defendamos nuestro patrimonio estructural.

Así, cuesta entender la reciente aprobación de una reforma constitucional, que habilita a dos candidatos a alcaldes que habían quedado fuera de competencia, por no haber renunciado a tiempo a sus colectividades. Como bien sabemos, la Ley Antidíscolos (que este año cumple una década) exige que un candidato, para ir “por fuera”, deba renunciar a su partido al menos un año antes de las elecciones. El objeto de esta ley es evitar que si el partido o el pacto finalmente no le otorga el cupo a un candidato, éste decida a última hora competir como independiente, perjudicando con ello el resultado de ese mismo pacto o partido (este mecanismo, muy usado históricamente, había sido una tremenda medida de presión).

Es efectivo que las elecciones municipales —originalmente en octubre de 2020— se atrasaron y que se decidió mantener la fecha máxima original de renuncia a los partidos, y es verdad también que hubo una complejidad con respecto al último día en que se podría renunciar, pero tan cierto como ello es que el plazo de renuncia era públicamente conocido, y si fue respetado por casi todos, se debió haber aplicado ley pareja. Lamentablemente, esta no fue la opinión mayoritaria, y por ello la norma terminó aprobándose con evidente fuerza, sumando los votos de toda la izquierda, más Evópoli y casi toda la UDI (salvo excepciones, como un par de diputados y la mitad de los senadores; cabe destacar, en este sentido, los discursos de los senadores UDI Ebensperger y Alvarado, que objetaron muy bien la norma). Sólo la bancada de senadores RN, y gran parte de los diputados de ese partido se mantuvieron al margen, señalando con acertados argumentos por qué era una mala idea.

Este es el tipo de debates en el que, aunque cueste, no podemos tener medias tintas: no tengo nada en contra de los candidatos aludidos; por el contrario, personalmente tengo la mejor impresión personal y profesional del alcalde Renca Claudio Castro, a quien conozco desde la universidad. Pero esto no se trata de un currículum ni de una trayectoria: hubo una sentencia dictada por el Tribunal Calificador de Elecciones, el órgano máximo en materia electoral, en contra de la postulación tanto de Castro, como de Amparo García —quien, más encima, renunció en noviembre, un mes después del plazo permitido— y en Chile, hasta donde yo recuerdo, las sentencias ejecutoriadas se cumplen.

La norma aprobada, que echó por tierra ambas sentencias del Tricel es, por tanto, gravísima, y le hace un flaco favor a la democracia y el respeto por las instituciones. En primer lugar, porque pasa a llevar una decisión tomada por un tribunal de rango constitucional. Se desconoce así el principio de cosa juzgada, y se pone en tela de juicio el valor de un tribunal, a meses de que un grupo de 155 hombres y mujeres deba analizar si este órgano debe seguir existiendo.

Y no sólo eso: se debilita el estado de derecho, pues el Congreso aparece con atribuciones judiciales que no le competen, y que no le han sigo otorgadas por la Constitución. Con esta norma se afecta el principio de separación de poderes, y el Congreso pasa a ser una suerte de engendro capaz de modificar cualquier sentencia que no le guste. ¿Les suena conocido? Ha pasado en Venezuela y en Bolivia.

En tercer lugar, la reforma constitucional es nefasta, porque otorga una señal pésima a la opinión pública: da lo mismo cumplir con los plazos… después lo arreglamos.

Junto con ello, la norma recién aprobada pone en tela de juicio el futuro de la Ley Antidíscolos. Tal vez sería mejor dejar la hipocresía de lado, y estudiar si dicha ley merece seguir existiendo. Debatamos; desde mi perspectiva, ha cumplido un buen rol, pero no sirve de nada tener estos mecanismos, si es tan fácil pasársela por un bypass.

En quinto lugar, este episodio es embarazoso, pues se aprobó una norma a la rápida, con notorios errores, y afectando el principio de igualdad ante la ley: ¿por qué sólo los alcaldes y gobernadores regionales tenían este beneficio, y no los concejales afectados? ¿por qué sólo los que reclamaron ante el Tricel?

Finalmente, un ingrediente adicional para condimentar el caso es que la mayoría del Congreso optó por provocar una reforma a la Constitución con nombre y apellido, es decir, haciendo derechamente un traje a la medida. Y esto no es sólo un asunto de mala técnica legislativa: si creemos en la Constitución, no podemos modificarla sólo para beneficiar a un par de personas.

Así las cosas, el Congreso le ha puesto finalmente la lápida a la Constitución. Y aquello resulta peligroso, no sólo porque ella debe seguir vigente por al menos un año más. El asunto es grave, pues muchas veces se nos olvida que, sociológicamente, la Constitución es un continuo, por más hoja en blanco que algunos propongan: la suerte de la futura Constitución depende, de alguna forma, de la actual. Y si a nuestra actual Carta Magna, incluyendo las instituciones que aparecen en sus páginas, le perdemos todo respeto, ¿con qué cara vamos a exigir que se respete la nueva Constitución? (El Líbero)

Roberto Munita

Dejar una respuesta