Sin embargo, existe una importante razón adicional para los intereses de Chile, por la cual es fundamental ratificar el acuerdo a la brevedad y que ha pasado un tanto desapercibida, entre los efectos positivos que generará para nuestro país la entrada en vigor del CPTPP.
Se trata de nuestra plena participación en el proceso de adhesión del Reino Unido, el cual se encuentra en curso desde abril de 2021 y que, de acuerdo con la información oficial entregada por los miembros del Tratado, es posible que finalice exitosamente durante los primeros meses del próximo año.
Después de cuatro años de funcionamiento del CPTPP resulta evidente el interés que ha concitado por parte de varios países, lo cual se ha materializado en la presentación de cinco solicitudes formales de incorporación (China, Taiwán, Ecuador y Costa Rica, además del mencionado Reino Unido). Lo anterior es una muy buena noticia, dado que concreta uno de los objetivos centrales del Acuerdo, esto es, crecer en su radio de influencia por la vía de agregar nuevos participantes.
En relación con el proceso que se lleva a cabo con el Reino Unido, de conformidad con las normas del propio Tratado, solo los países que lo han ratificado pueden participar de forma plena, concurriendo a las decisiones que se adopten en el marco de las tratativas con el país aspirante. Sin perjuicio de que, como una señal de deferencia con los firmantes originales, se ha permitido que aquellos que no han ratificado participen en calidad de observadores en algunas de las reuniones sostenidas con el Reino Unido, Chile no ha podido intervenir en todas las instancias de trabajo y negociación con un socio comercial de tanta relevancia para nuestro país. Particularmente relevantes entre las instancias excluidas son las discusiones de acceso a mercado con ese país.
Al respecto, cabe recordar que luego del Brexit, Chile fue el primer país en acordar un tratado comercial con el Reino Unido, por medio del cual se logró, a partir del 1° de enero de 2021, dar continuidad a la relación comercial bilateral una vez que dicho país abandonó la Unión Europea. La fórmula utilizada fue reproducir el Acuerdo de Asociación que Chile tiene con el bloque europeo, con algunos ajustes específicos en el ámbito del acceso a mercados para algunos productos. La premura por lograr un esquema que permitiera no interrumpir los vínculos comerciales con el Reino Unido impidió, en ese momento, profundizar y modernizar las relaciones comerciales, estableciéndose solo un compromiso de avanzar en esa dirección posteriormente.
En este contexto, la incorporación del Reino Unido al CPTPP le ofrece a nuestro país una oportunidad de alto valor para avanzar de forma significativa en la dirección antes mencionada. El CPTPP posee estándares modernos en una multiplicidad de materias comerciales y le permitiría a Chile, en el marco de una negociación en la que participan el resto de los miembros del Tratado, mejorar de manera sustantiva las condiciones de acceso al mercado británico para nuestros productos y servicios, incluyendo un sistema de acumulación de origen único entre los miembros del bloque.
Los cuatro años que ha tomado la puesta en vigencia del CPTPP para Chile han generado costos para nuestro comercio con los miembros de este Tratado, por lo cual se debe evitar que esto pueda ocurrir también con nuevos miembros como el Reino Unido y que Chile pueda participar plenamente en la negociación de su acceso al CPTPP, antes de que esta finalice. (El Mercurio)
Rodrigo Yáñez B.
Exsubsecretario de Relaciones Económicas Internacionales