Condenan a carabinero y empresario por homicidio de dos militantes del MIR

Condenan a carabinero y empresario por homicidio de dos militantes del MIR

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La Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel confirmó sentencia de primera instancia y mantuvo la condena del ex coronel de carabineros Nelson Iván Bravo Espinoza y el empresario Juan Francisco Luzoro por los homicidios de Saúl Cárcamo Rojas (20) y Ricardo Carrasco Barrios (19), ambos militantes del MIR, hechos ocurridos el 16 de septiembre de 1973, en el fundo Santa Rosa de la localidad de Paine.

La sala integrada por los ministros Diego Simpértigue Limare y Ana Cienfuegos Barros y abogado integrante Carlos Castro Vargas, confirmó lo resuelto por la ministra Marianela Cifuentes, en abril del año pasado, y condenó a Bravo Espinoza a 12 años de presidio mayor en su grado medio como autor de los delitos de homicidio de ambos jóvenes.

Mientras, Luzoro Montenegro fue condenado a la pena de 8 años como autor del homicidio calificado solo de Ricardo Eduardo Carrasco Barrios.

Del mismo modo, se aprueban los sobreseimientos definitivos parciales dispuestos en favor de los procesados civiles y fallecidos Juan Manuel Balcázar Soto, Claudio Antonio Oregón Tudela y Mario Emilio Tagle Román.

Cabe señalar que este caso, conocido como episodio Paine, comprende la investigación de 70 víctimas en total, en su gran mayoría campesinos de la zona.

El abogado querellante en el caso, Nelson Caucoto, valoró el trabajo realizado por la ministra en visita Marianela Cifuentes y señaló que “nos alegra que continúe haciéndose justicia para los familiares de Paine, que han bregado durante 48 años por sus seres queridos.  Ahora se trata de 2 jóvenes estudiantes de enseñanza media, exterminados por ser miembros del MIR en esa localidad.  Estos crímenes fueron obra de civiles y carabineros que sembraron el terror en esa zona campesina”. (El Mostrador)

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