Tribunal Ambiental anula permiso de tronaduras de Mina Invierno

Tribunal Ambiental anula permiso de tronaduras de Mina Invierno

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Un duro revés sufrió el proyecto minero Mina Invierno, ligado a Empresas Copec y Ultramar, en la justicia. El Tercer Tribunal Ambiental resolvió anular la Resolución de Calificación Ambiental del proyecto tronaduras de Mina Invierno debido a la falta de información esencial durante su evaluación ambiental.

“Acoger la acción de fs. 1 y ss., y declarar que la Res. Ex. N° 1113, de 24 de septiembre de 2018, dictada por el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental no se conforma con la normativa vigente, por lo que se anula totalmente dicho acto recurrido”, señaló la sentencia del tribunal.

La reclamación había sido ingresada por la organización Alerta Riesco que se manifestó en contra del proyecto. La acción fue patrocinada por los abogados Diego Lillo y Ezio Costa.

La sentencia contó con el voto en contra del ministro Iván Hunter, quien se había manifestado en contra de acoger la reclamación ingresada. Mientas que Michael Hantke y Sibel Villalobos votaron a favor.

Cabe destacar que el Tribunal Ambiental no señala en su sentencia que las tronaduras vayan a afectar el componente paleobotánico, sino que a su entender la empresa no presentó la información suficiente en la evaluación ambiental y el Servicio de Evaluación Ambiental no la exigió para poder descartar justamente dichos efectos.

Sin embargo, en su informe al tribunal el SEA informó previamente que “el componente paleontológico y paleobotánico fue correctamente caracterizado durante la evaluación ambiental, descartándose su afectación. Asimismo, señaló que se dio cumplimiento a las obligaciones en materia de cambio climático y principio preventivo”.

GOBIERNO: «MALA NOTICIA»

Tras participar en una actividad de Asimet, el ministro de Economía, Juan Andrés Fontaine, indicó que “no es una buena noticia”, la decisión adoptada por el Tercer Tribunal Ambiental, que anuló el permiso de tronaduras de Mina Invierno.

“Ciertamente no es una buena noticia que una actividad industrial como esa sea objeto de esta resolución”, dijo escuetamente el secretario de Estado.

El titular de Economía, eso sí, evitó referirse al fondo de la resolución que se conoció durante esta jornada.

“No nos corresponde comentar un fallo, es parte de un proceso. La empresa en cuestión tendrá que ver que recursos dispone y como puede adaptarse a esta situación. Nosotros estamos haciendo lo que corresponde para fomentar el surgimiento de empresas y surgimiento de empresas y desarrollo de inversiones en regiones”, señaló.

«PROFUNDA DECEPCIÓN»

Mina Invierno expresó esta mañana “profunda decepción” por el fallo del Tribunal Ambiental de Valdivia que prohibió las tronaduras en la faena a carbón ubicada en Isla Riesco, Región de Magallanes, y que en la práctica hace inviable el proyecto.

“Se trata de una medida incomprensible desde el punto de vista técnico, ambiental y legal que, si se generaliza como criterio, en la práctica dificulta aún más el hacer minería en Chile”, dijo la empresa controlada por Copec (Angelini) y Ultramar (Von Appen).

A través de un comunicado, la compañía dijo que está analizando los alcances y fundamentos de lo resuelto por el tribunal en fallo dividido.

Según la firma, la resolución ha sustituido la función de los órganos técnicos encargados de la evaluación, desestimando todo el proceso que estos realizaron.

“Dos ministros de este tribunal han decidido invalidar el trabajo y conocimiento especializado de decenas de profesionales chilenos y extranjeros. Cabe recordar que, en reiteradas oportunidades, el Servicio de Evaluación Ambiental, la Superintendencia del Medio Ambiente y el Consejo de Monumentos Nacionales descartaron que el uso de tronaduras generara efectos adversos en el rescate de los fósiles vegetales”, dijo la firma en la declaración.

EFECTO EN INVERSIÓN

Mina Invierno dijo también que, en el complejo contexto económico” actual,  la paralización de la faena “es un hecho grave y que establece un precedente preocupante para la inversión y el desarrollo de futuros proyectos, dada la incerteza jurídica que genera el actuar de este tribunal ambiental”.

Hay que señalar el gremio de la minería también condenó el fallo.

GOBIERNO Y EMPRESA A LA CORTE SUPREMA

Si bien el SEA y la empresa están estudiando el fallo y ya tomaron la decisión de impugnar, sólo tienen un plazo de 15 días hábiles para presentar la única acción posible en esta instancia, que es recurrir a la Corte Suprema. Los recursos de casación pueden ser en forma o fondo, pero según trascendió, el SEA presentaría un escrito con ambas consideraciones con argumentos netamente jurídicos.

Fuentes del gobierno señalaron que el servicio no ha tenido conversaciones con la empresa y que su presentación será independiente de la acción de Mina Invierno.

No obstante, indicaron de que el hecho que el fallo haya sido dividido, mostrando opiniones diametralmente opuestas, demostraría que la solución en este conflicto es compleja y que el voto dirimente fue el que comprendió la distinción entre el proyecto original y el método complementario.

Por su parte, la empresa también acudirá a la Corte Suprema. Sin embargo, la instancia donde analizarán en detalle el fallo y las acciones comunicacionales que emprenderán se desarrollará hoy en una reunión clave del directorio.

SONAMI: «ACTITUD ANTIMINERÍA»

Las reacciones desde distintas veredas no se hicieron esperar. El gerente general de Mina Invierno, Sebastián Gil, señaló que «el fallo del tribunal pone a la compañía en una decisión extremadamente compleja y en la práctica significa la paralización de la mina en noviembre. Nos parece un tremendo contrasentido que los fundamentos del fallo tengan que ver con la posible afectación de los fósiles vegetales, materia de la cual venimos trabajando desde el inicio de la operación minera».

El presidente de la Sociedad Nacional de Minería (Sonami), Diego Hernández, aseguró que la votación dividida confirma que el Tribunal Ambiental de Valdivia tiene una actitud antiminería, «lo que aumenta el riesgo de cualquier proyecto de exploración y explotación desde la región de Ñuble hasta Magallanes».

ONG CELEBRA DECISIÓN

En tanto, la vocera de la organización ciudadana Alerta Isla Riesco, Ana Stipicic, celebró la resolución: «Aquí hay varias lecciones. Primero, la empresa desde un comienzo debió haber planteado el uso de tronaduras para que estas fueran evaluadas como corresponde con su impacto ambiental. Además, la compañía debe entender que no puede cambiar el corazón del proyecto de explotación del carbón cuando se le dé la gana».

La vocera agregó que «el director nacional del SEA no debió haber aprobado el proyecto por secretaría en el inicio del gobierno de Sebastián Piñera». El abogado de la Fiscalía Medio Ambiental, Diego Lillo, sostuvo que «el fallo da cuenta de una práctica que no es excepcional para el proyecto de las tronaduras de Mina Invierno, que es que los proyectos son aprobados sin la información suficiente que permite ya sea predecir o descartar los impactos que tienen». (La Tercera-DF)

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