Corte falla a favor de Miguel Krassnoff

Corte falla a favor de Miguel Krassnoff

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Como una buena señal para poder lograr la libertad del ex brigadier Miguel Krassnoff, tras once años en la cárcel, calificó su abogado Raúl Meza, el fallo de este viernes de la Corte de Apelaciones de Santiago que acogió –parcialmente- el recurso de protección que busca la libertad condicional del ex miembro de la DINA. Ello, luego que la Primera Sala del tribunal de alzada estimara, de manera unánime, que el interno cumple con todos los requisitos para optar al beneficio carcelario, de acuerdo al informe emitido por Gendarmería de Chile. Por ello, de acuerdo al fallo, la Comisión de Libertades Condicionales –compuesto por un ministro de la Corte de Apelaciones, cinco jueces de garantía y otros cinco magistrados de tribunales orales- deberá pronunciarse respecto y resolver si concede o no el requerimiento del ex uniformado, quien permanece recluido en el penal Punta Peuco.

Lo anterior, porque en abril pasado, cuando dicha comisión revisó el listado de internos que solicitaban el beneficio y que fue entregado por la institución carcelaria, decidió no pronunciarse, lo que –a juicio del tribunal de alzada- fue «arbitrario e ilegal», considerando que existían los antecedentes para establecer que el interno contaba con una conducta intachable durante los últimos tres bimestres, logrando la máxima calificación correspondiente a nota 5.0. De esta manera, por primera vez, la Corte de Apelaciones da opciones para que Krassnoff –cuyas condenas en su contra superan los 400 años de cárcel- pueda optar a la libertad condicional bajo la vigilancia de Gendarmería.

Ello, sin embargo, deberá ser revisado por la Corte Suprema, ya que Meza recurrirá al máximo tribunal por estimar que, a pesar que la resolución falló a su favor, la Corte de Apelaciones debió conceder el beneficio y no derivar la decisión a la Comisión de Libertades Condicionales que ya tuvo un pronunciamiento al respecto.

OPERACIÓN COLOMBO

La Corte de Apelaciones de Santiago dictó condenas en contra de 26 agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en el secuestro calificado de María Cristina López Stewart, ilícito perpetrado a partir del 23 de septiembre de 1974, en el marco de la denominada Operación Colombo.

De acuerdo a los antecedentes de la causa, en la madrugada de ese día, la joven de 21 años, estudiante de Historia y Geografía de la Universidad de Chile y militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fue detenida en el inmueble ubicado en calle Alonso de Camargo 1107, comuna de Las Condes, por agentes pertenecientes al organismo represor de la dictadura.

En fallo unánime, la Séptima Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Pilar Aguayo, Ana María Hernández y el abogado integrante Jorge Norambuena– ratificó la sentencia de segunda instancia en una de las causas que sustanció el ministro en visita Hernán Crisosto.

En su pronunciamiento el tribunal de alzada elevó a 10 años de presidio la pena que deberán purgar Armando Segundo Cofré Correa, José Jaime Mora Diocares y Moisés Paulino Campos, como autores de secuestro calificado.

Asimismo, se aumentó a 5 años y un día de presidio las penas para Óscar Belarmino la Flor Flores, Sergio Iván Díaz Lara y Roberto Hernán Rodríguez Manquel, en calidad de cómplices.

Por último confirmó las penas de 15 años de presidio para César Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo y Miguel Krassnoff Martchenko, por su responsabilidad como autores y ratificó los 10 años de presidio para otros 20 ex agentes de la DINA, también en calidad de autores.

La sentencia llega en momentos en que la misma Corte de Apelaciones de Santiago resolvió que el brigadier en retiro cumple con los requisitos para optar a la libertad condicional, aunque la decisión la debe adoptar la Comisión de Libertades Condicionales. Krassnoff está condenado a más de 400 años de cárcel. (Emol/La Nación)

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