Abbott limita comunicaciones públicas de fiscales y funcionarios

Abbott limita comunicaciones públicas de fiscales y funcionarios

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A las 18.12 de ayer ingresó a las casillas de correo electrónico de todos los fiscales y funcionarios del Ministerio Público un mensaje del fiscal nacional, Jorge Abbott. El mail informaba sobre una nueva resolución interna que entraba en vigencia: la “Política de comunicaciones del Ministerio Público”, la cual limita las expresiones públicas de los persecutores sobre casos de contingencia nacional que, eventualmente, puedan llegar a ser investigados penalmente. Incluso, el filtrar información de causas fue catalogado como un hecho de “corrupción”.

En cuatro párrafos, Abbott explicó a los fiscales de qué se trata esta nueva política comunicacional: “Es un marco de acción para la gestión de nuestras comunicaciones que establece, entre otros, principios y valores, objetivos y roles que cada uno de nosotros ejercemos a la hora de comunicarnos hacia fuera de la institución y también internamente, entendiendo que todos quienes trabajamos en la Fiscalía de Chile somos, en parte, responsables del resguardo de la imagen institucional”.

Abbott adjuntó la resolución y esta nueva política, plasmada en 18 páginas. Como objetivo general, se señala que tienen que “fortalecer la identificación de los equipos internos con la institución”. Entre los objetivos específicos, se indica que se debe “aumentar el conocimiento y comprensión de la labor y las facultades con que cuenta el Ministerio Público”, así como “moderar, orientar y equilibrar las expectativas que las víctimas y testigos, la ciudadanía, los agentes de la opinión pública y los actores del sistema político mantienen respecto de los resultados de la gestión del Ministerio Público”.

Más adelante se detalla que no se puede entregar “información sensible” a terceros “sin autorización del Fiscal Nacional o del Fiscal Regional, según corresponda”. El documento, además, específica cuáles son los canales a través de los cuales los fiscales pueden hablar con los medios de comunicación.

Sin embargo, los párrafos que más llamaron la atención internamente en el ente persecutor fueron que “fiscales y funcionarios del Ministerio Público deben abstenerse de emitir opiniones relacionadas con investigaciones penales actuales o con ámbitos que anticipen posiciones o juicios en casos que podrían ser objeto de tratamiento institucional a futuro, a fin de evitar la afectación al principio de objetividad. Con tal propósito, y resguardando el derecho a la libertad de expresión, tal específica abstención se extiende a todo tipo de canales de comunicación, sean oficiales o no”.

Para la presidenta de la Asociación de Fiscales, Trinidad Steinert, esta frase “marca un quiebre”. Según la abogada, “puede entenderse que se está refiriendo efectivamente a las cuentas privadas de los fiscales (redes sociales) y, por lo tanto, es algo que vamos a conversar con el fiscal nacional, porque entendemos que por vía reglamentaria o vía oficio no puede abordar o expandir su autoridad a la vía privada de los actores del Ministerio Público”.

Además, sostuvo que “hay partes complicadas y que atentan contra la libertad de expresión, lucha que el gremio ha dado en forma histórica (…). Yo creo que esta es una especie de ‘ley mordaza’, nos preocupa este oficio”.

Además, esta política -que busca restringir las comunicaciones de los fiscales solo por canales oficiales- advierte sobre la información a terceros. “La filtración o divulgación indebida de información sujeta a reserva es una infracción grave de los deberes funcionarios, lo que para el Ministerio Público constituye un acto de corrupción, sujeto a sanciones administrativas y a las responsabilidades civiles y penales que correspondan”.

Esto también despertó la crítica de la asociación del director ejecutivo de Chile Transparente, Alberto Precht: “Llama la atención, porque el vocablo corrupción nosotros lo entendemos en transparencia internacional como el abuso de una posición para obtener un beneficio personal sobre el interés general, y en este caso no veríamos cómo una opinión personal podría ser un interés particular del fiscal y entorpecer el interés general”.

En el oficio también se fijaron los voceros oficiales de la fiscalía: el fiscal nacional, los fiscales regionales, los fiscales jefes y adjuntos en las causas bajo su dirección. Se señala que quien hable con un medio de comunicación, sin previo aviso a la unidad de comunicaciones, deberá informarlo “a la brevedad”.

RESPUESTA DE FISCALÍA NACIONAL

Desde la Fiscalía Nacional señalaron que “la política de comunicaciones en ningún caso puede considerarse una ‘ley mordaza’, pues se ajusta estrictamente a lo establecido en la Ley Orgánica Constitucional del MP”. Sobre la calificación de “corrupción” en las filtraciones, sostienen que “fue incluida a solicitud del Consejo General de Fiscales”. (La Tercera)

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