Tricel anula elección de Rector de USACH por exclusión Irregular de profesores

Tricel anula elección de Rector de USACH por exclusión Irregular de profesores

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El Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) zanjó este jueves la anulación definitiva de la elección de Rodrigo Vidal como rector de la Universidad de Santiago de Chile (USach), realizada en julio de 2022. La resolución, que se definió con un fallo 4-1 a favor de mantener la decisión previa del Primer Tribunal Electoral de la Región Metropolitana, pone fin a un proceso de apelación.

El origen de la impugnación provino de un grupo de 23 académicos, principalmente profesores por hora, que alegaron la exclusión irregular de más de 2.000 académicos del padrón electoral. El fallo del Tricel, que consta de 13 páginas, se centró en determinar si los denominados profesores por hora de la USach poseían la calidad de académicos y si, como tales, tenían derecho a voto.

El Tribunal argumentó que, si bien rige el principio de autonomía universitaria, este debe ponderarse con las disposiciones de orden público establecidas en la Ley N.º 21.094 de Universidades Estatales. Dicha ley, que modificó sustancialmente el marco normativo en 2018, establece que en las elecciones de rector tienen derecho a sufragio todos los académicos con nombramiento o contratación vigente que desempeñen funciones de manera regular y continua, «imponiendo a las universidades estatales la obligación de garantizar dicho derecho a la totalidad del cuerpo académico».

El fallo enfatizó que estas nuevas disposiciones rigen in actum y que cualquier restricción al derecho a voto de miembros del cuerpo académico debe fundarse en criterios objetivos y razonables, compatibles con la ley, y no puede sustentarse en «meras consideraciones administrativas o contractuales ajenas a la naturaleza de la función académica». El Tricel criticó que la universidad adoptó una posición «incongruente» al reconocer la condición de académico para otros efectos, e insistió en que la exclusión no puede basarse simplemente en la modalidad horaria de la contratación, ya que la ley no exige un nombramiento a tiempo completo.

En consecuencia, el Tricel concluyó que la exclusión de los profesores por hora vulneró el derecho de sufragio reconocido por la ley, lo que afecta la validez del proceso y el principio de participación democrática en el gobierno universitario. El Tribunal llegó a la convicción de que los profesores por hora realizan funciones docentes regulares y continuas al interior de la universidad, lo que evidencia que cumplen labores propias de la función académica, independientemente de su régimen contractual. La sentencia fue confirmada por el acuerdo de los miembros Arturo Prado, Adelita Ravanales, María Cristina Gajardo y Gabriel Ascencio, con el voto en contra de Mauricio Silva. (NP-Gemini-La Tercera)