Sobreseído cura F. Berríos por prescripción, pero se acreditó abuso sexual

Sobreseído cura F. Berríos por prescripción, pero se acreditó abuso sexual

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El juez del 34° Juzgado del Crimen de Santiago, Edgardo Gutiérrez, dictó sobreseimiento total y definitivo del ex sacerdote Felipe Berríos por prescripción de la acción penal. Berríos era investigado luego de que una mujer lo denunciara por abuso sexual de mayor de 12 años en contra, eso sí, el tribunal acreditó el hecho.

Con esto, se dio por acreditado un hecho ocurrido en agosto de 2000 durante un retiro espiritual realizado en el Santuario de Schoenstatt, comuna de La Florida. «El día 17 de agosto del año 2000, alrededor de las 20:00 a 21:00 horas aproximadamente, en el inmueble ubicado en Avenida Vicente Valdés Nº 644, comuna de La Florida, conocido como Casa de Retiros P. José Kentenich, Santuario de Schoesnstatt, el imputado Felipe Hernán Berríos del Solar, procedió a realizar actos de relevancia y connotación sexual en contra de la víctima (…), consistentes en colocar su dedo pulgar en la boca de la víctima, rozando su labio de abajo, diciéndole que era muy bonita, para luego tomarla de la cintura y presionar su cuerpo en contra del cuerpo de la víctima, momentos en que la víctima siente la respiración jadeante en su cuello y el pene erecto del imputado sobre la zona pélvica de esta», dice el fallo.

Según la sentencia, «el hecho descrito, constituye un acto de evidente vulneración sexual, afectando directamente el bien jurídico protegido, apareciendo dicho relato como coincidente, en lo fundamental, con las demás pruebas de cargo incorporadas al proceso, que recaen sobre el contexto en que se ejecutó aquel evento abusivo y la develación de los hechos».

El fallo continúa indicando: «Dicho comportamiento del sujeto activo importa el conocimiento de los elementos del tipo objetivo de la figura penal de abuso sexual de mayor de 12 años y la voluntad manifiesta de realización, concurriendo de esa forma el dolo directo, como elemento subjetivo del tipo».

El fallo estableció que «se debe tener presente que los hechos acontecieron en una época en que la víctima tenía 15 años» y que «en este sentido, es posible establecer que el testimonio entregado por la víctima en el presente proceso fue consistente a través del tiempo, no existiendo contrariedades significativas entre los relatos realizados en distintos momentos del proceso y en las distintas instancias».

De esta forma, se planteó que la prueba «ha permitido dar por acreditado que (…) sufrió, por parte del imputado Felipe Hernán Berríos del Solar, una agresión en el ámbito de su indemnidad sexual».

La investigación concluyó señalando que «la prueba testimonial y documental, se encuentran dotadas de la consistencia y concordancia suficiente como para dar crédito a sus aseveraciones, y considerando que los dichos de la víctima guardan armonía en lo medular con las declaraciones de testigos y demás prueba documental incorporada durante el transcurso de la investigación, todos que analizados conforme a la sana critica, permiten tener por acreditado los elementos del tipo penal de abuso sexual de mayor de 12 años, hecho acaecido el día 17 de agosto del año 2000, en el inmueble ubicado en Avenida Vicente Valdés Nº 644, comuna de La Florida, ilícito previsto y sancionado en el artículo 366 en relación con el artículo 361 Nº 1 ambos del Código Penal vigente a la época de ocurrencia de los hechos”.

Finalmente se determinó que «se sobresee total y definitivamente la presente causa, por la causal del articulo 408 N° 5 del Código de Procedimiento Penal, en relación con el artículo 93 N° 6 del Código Penal, esto es, por haberse extinguido la responsabilidad penal del denunciado Felipe Hernán Berríos del Solar, por prescripción de la acción penal».(Emol)