Senadores PS presentan proyecto «para prevenir montajes como Huracán»

Senadores PS presentan proyecto «para prevenir montajes como Huracán»

Compartir

Este mediodía se cumplió el periodo para la presentación de indicaciones en el proyecto de ley enviado por el Gobierno al Senado que introduce cambios a la ley Antiterrorista. Ante ese plazo perentorio, esta semana se reunió la comisión que impulsó el entonces ministro del Interior de Bachelet, Rodrigo Peñailillo, para hacer propuesta de reforma a la norma.

El grupo fue convocado por el abogado de la bancada PS, Enrique Aldunate, quien también integró la comisión asesora en 2014.  A este se sumaron los penalistas Javier Couso, Juan Pablo Hermosilla, Héctor Hernández y José Ignacio Núñez , quienes ya manifestaron su disposición a participar en los debates legislativos para defender la indicación sustitutiva que los senadores Juan Pablo Letelier (PS) y Alfonso De Urresti (PS) presentaron hoy y que recoge los planteamientos de la comisión asesora. La iniciativa está en estudio por los senadores Francisco Huenchumilla (DC) y Felipe Harboe (PPD).

Si  bien la propuesta del Ejecutivo -elaborada, entre otros, por los abogados Juan Domingo Acosta y Luis Hermosilla- recoge algunos aspectos planteados por la comisión asesora de 2014, difiere en otros aspectos como el concepto y el carácter intrínseco del delito terrorista.

La propuesta del Ejecutivo señala que ciertos delitos comunes como homicidios, secuestros, incendio pueden tener ese carácter si tienen la finalidad de producir temor, si buscan “desestabilizar el orden institucional democrático” o “inhibir resoluciones de la autoridad”. La indicación opositora, en tanto, identifica la criminalidad terrorista  como “una forma especialmente grave de criminalidad organizada, cuya regulación queda establecida en el Código Penal”.

La propuesta de los senadores recoge episodios contingentes como la Operación Huracán. Señala la necesidad de evitar montajes, estableciendo que: Está exento de responsabilidad criminal, el que hubiere sido determinado a ejecutar el hecho mediante ardid, ejercido por un funcionario público o por alguna persona concertada con éste.”. (La Tercera PM)

Dejar una respuesta