Reglamento: ChV estudia ir a la Suprema con foco en plebiscitos dirimentes

Reglamento: ChV estudia ir a la Suprema con foco en plebiscitos dirimentes

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El debate realizado el martes en la convención abrió un complejo camino institucional. Si bien el quórum de dos tercios debería ser ratificado la próxima semana zanjando uno de los temas más polémicos, el hecho de que el reglamento vaya a ser aprobado en su totalidad por mayoría absoluta, abre un escenario de incertidumbre para los intentos de sancionar de una vez por todas el texto reglamentario.

Que pasó: Aunque en la centro izquierda apostaron por calmar los ánimos, asegurando votos a favor para ratificar los dos tercios la próxima semana, lo cierto es que en Chile Vamos ya están analizando que la situación es más compleja ya que existen otra serie de normas que podrían obligar recurrir a la Corte Suprema.

  • Tanto en Chile Vamos como expertos constitucionales advierten que existen varias disposiciones que se refieren al procedimiento de la votación de normas constitucionales las que tal como establece la constitución deben aprobarse por el quorum de dos tercios.
  • “De aprobarse esto habría una infracción patente al texto constitucional en materia de reglas sobre aprobación de las normas constitucionales. Por lo tanto se podría reclamar ante la Corte Suprema para que las modifique”, aseguró en entrevista con Ex-Ante, el constitucionalista Jorge Correa Sutil.
  • El martes en la tarde los convencionales, Teresa Marinovic, Martín Arrau, Ruth Hurtado, Rocío Cantuarias y Harry Jürgensen, presentaron un oficio a la mesa directiva dando cuenta de la falta constitucional que afirman se cometió. “La Convención, sin amparo normativo alguno y liderada por la Mesa Directiva, se arrogó la facultad de determinar los quórum de votación de distintas normas reglamentarias, contraviniéndose así el artículo 133 de la Carta Política”, dice el texto, advirtiendo que “la presente constancia la planteamos y promovemos como un asunto de constitucionalidad para todos los efectos que haya lugar”.

Plebiscitos dirimentes: En las últimas horas Chile Vamos ha estado analizando cuáles de esta normas sería grave que se aprobaran, abriendo la puerta a judicializar el debate.

  • En el caso de que los dos tercios consigan la mayoría absoluta, (como debería ocurrir), en Chile Vamos reconocen que el foco estará puesto en los plebiscitos dirimentes, que propone que todas aquellas normas, que no alcancen el quórum de los ⅔ sean sometidas a un plebiscito nacional, en donde sería los electores quien decida finalmente qué normas aprobar.
  • Desde la derecha, argumentan que esto va en contra de lo que mandata la Constitución actual, ya que en la está estipulado la existencia de solo un proceso de consulta que consiste en un plebiscito de salida, con voto obligatorio, para ratificar o rechazar el texto que surja de la convención.
  • Los plebiscitos dirimentes en tanto, son clave para el Partido Comunista ya que son la herramienta estratégica con que contarían en el caso de que se rechacen los dos tercios.
  • “Nosotros no tenemos esa facultad, porque la Constitución es super clara en decir que solamente la soberanía se ejerce por el pueblo a través de elecciones periódicas y los plebiscitos que en la Constitución se establecen. No podríamos crear esos plebiscitos. Y si se crean, bueno, estamos vulnerando la norma constitucional”, explicó la convencional de la UDI, Constanza Hube.
  • Otro tema que en Chile Vamos se oponen es que se apruebe por mayoría absoluta la propuesta de consulta indígena y su carácter vinculante, ya que obligaría a la convención a integrar las decisiones que esas consultas adopten.
  • También algunas disposiciones del reglamento de ética como la que establece el “principio de plurinacionalidad e interculturalidad”. “Las y los convencionales constituyentes deberán ejercer su cargo respetando el carácter plurinacional de la Convención, en base al cual se reconoce la coexistencia de diversas naciones en un mismo Estado, en plena igualdad de dignidad y derecho, con igual participación en la distribución del poder y con pleno reconocimiento de sus derechos colectivos y las relaciones con sus territorios, en armonía con los derechos de la naturaleza”, dice.

Reclamaciones a la Corte Suprema: La reforma constitucional que se acordó el 15 de noviembre de 2019 sobre el proceso constituyente establece un mecanismo de reclamaciones por eventuales vicios de procedimiento que puedan darse en la discusión de la nueva Carta Fundamental.

  • La norma señala que 39 constituyentes (un cuarto de la Convención) pueden recurrir a la Corte Suprema -que designará por sorteo a cinco ministros- para impugnar procedimientos que no se ajusten a la Constitución vigente o al propio reglamento de la asamblea.
  • Los jueces no pueden interferir en los contenidos, solo validar o anular el acto o procedimiento objetado.
  • En vista de que Chile Vamos logró solo 37 constituyentes (a los que se sumaría una representante del mundo indígena cercana a la UDI) en la oposición temen que esa se convierta en la fórmula que use la derecha para bloquear o dilatar algunas discusiones. (Ex Ante)

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