Siempre es una buena noticia que las fuerzas políticas inicien tratativas para llegar a acuerdos, pero eso no necesariamente significa que se encaminen a soluciones beneficiosas para la ciudadanía.

En materia de seguridad, no aprecio ideas maduras acerca de la necesidad de una reforma constitucional; es decir, de los concretos problemas que sean solucionables mediante cambios en la Carta Fundamental.

En el caso de la segregación carcelaria, el legislador no necesita ninguna habilitación para establecer los criterios básicos de tal régimen, hoy establecidos en un reglamento, y otorgar competencia a Gendarmería para aplicarlos. Tal reforma legal sustantiva sería suficiente para impedir que los jueces pudieran objetar y revertir, como ilegales, las decisiones de Gendarmería. Establecer una regulación carcelaria por ley requiere un trabajo más arduo que una simple habilitación constitucional a Gendarmería para segregar, vacía de todo criterio orientador o límites. Es sencillo imaginar los problemas, excesos y judicialización que acarreará la salida puramente constitucional que hoy se abre paso.

En el caso de los estados de excepción, la pregunta inicial ha de ser si el Ejecutivo necesita remover o suspender el ejercicio de una o más garantías constitucionales determinadas para ser más eficiente enfrentando el crimen organizado en poblaciones urbanas. No se han dado razones en tal sentido. Por mi parte, no las veo.

Los problemas graves y urgentes no siempre requieren de cambios constitucionales. Echar mano a la Constitución puede ser un placebo aparente para hacer como que los problemas se enfrentan, a falta de planes y estrategias bien maduradas que sean de verdad eficientes. (El Mercurio)

Jorge Correa Sutil