La Cámara de Diputados despachó a ley este miércoles la reforma al sistema político, luego de aprobar el último artículo pendiente por 125 votos a favor, 12 en contra y dos abstenciones. La iniciativa introduce nuevas exigencias para la constitución y permanencia de los partidos, establece límites a las candidaturas independientes y fortalece las normas internas de disciplina parlamentaria.

El proyecto fue presentado durante el gobierno del expresidente Gabriel Boric por el entonces ministro Álvaro Elizalde (PS), con el propósito declarado de reducir la fragmentación del sistema político, fortalecer a las colectividades y desincentivar la formación de partidos con escasa representación territorial.

Una de las modificaciones más relevantes afecta los requisitos para constituir partidos políticos. Hasta ahora, una colectividad podía organizarse en al menos ocho regiones del país o, alternativamente, en tres regiones geográficamente contiguas. La nueva normativa elimina esta última posibilidad, por lo que las organizaciones deberán cumplir el requisito territorial de ocho regiones.

El cambio eleva las exigencias para aquellas colectividades cuya presencia se concentra en determinadas zonas del país y que no cuentan con una estructura territorial suficientemente extendida.

También aumenta el número mínimo de afiliados necesario. La exigencia pasa desde el equivalente al 0,25% de quienes sufragaron en la última elección de diputados al 0,3% del padrón electoral definitivo de cada región en que el partido se encuentre constituido.

Las colectividades actualmente existentes dispondrán de un plazo de 18 meses para adecuarse a las nuevas condiciones de afiliación.

Un informe elaborado por el Instituto Libertad, con datos de militancia disponibles hasta el 31 de julio de 2026, estimó que solo cinco partidos cumplían a esa fecha con los nuevos mínimos analizados por la entidad: Frente Amplio, Partido Nacional Libertario, Partido Socialista, Partido de la Gente y Renovación Nacional.

El mismo estudio calculó que otras colectividades necesitarían incorporar nuevos afiliados para satisfacer las exigencias. Estas cifras corresponden a una estimación del Instituto Libertad y podrán variar según la evolución de las inscripciones y los criterios aplicados una vez que la normativa entre plenamente en vigencia.

La reforma también establece restricciones para las candidaturas independientes incorporadas en las listas de los partidos. Las colectividades no podrán presentar más de un 50% de candidatos independientes en sus nóminas parlamentarias. El incumplimiento de esta disposición podrá provocar el rechazo de las candidaturas presentadas en la lista correspondiente.

Para los independientes que compitan fuera de pacto también aumenta la exigencia de patrocinio. El mínimo de firmas será equivalente al 0,5% del padrón electoral correspondiente, en lugar de calcularse sobre quienes efectivamente sufragaron en la elección anterior. La modificación se aplicará a postulaciones parlamentarias, alcaldes, concejales, gobernadores y consejeros regionales, pero no a las candidaturas independientes a la Presidencia de la República.

Otro de los cambios se relaciona con la disciplina parlamentaria. Los partidos podrán establecer procedimientos internos frente a legisladores que incumplan los acuerdos adoptados por sus respectivas bancadas, los que eventualmente podrían terminar en sanciones partidarias, incluida la expulsión.

Además, si un parlamentario renuncia a su colectividad, el partido de origen conservará el aporte estatal asociado a ese legislador. Una lógica similar se aplicará a las asignaciones de las bancadas en el Congreso, que no disminuirán como consecuencia de la salida de uno de sus integrantes en los términos establecidos por la nueva normativa.

La reforma incorpora además nuevas exigencias en las declaraciones de principios de los partidos. Las colectividades dispondrán de seis meses desde la publicación de la ley para incluir una condena al establecimiento de sistemas totalitarios, el rechazo al uso, promoción o incitación de la violencia como método de acción política y un compromiso con la probidad y la transparencia.

Esta disposición fue objetada durante la tramitación por el Partido Comunista, cuya bancada concentró buena parte de los votos contrarios registrados en la Cámara.

El umbral electoral del 5%, que durante la discusión política fue planteado como uno de los mecanismos para disminuir la fragmentación partidaria, no forma parte de la reforma recién despachada y permanece contenido en otra iniciativa. Por ello, los efectos de la nueva legislación sobre la cantidad de partidos dependerán, entre otros factores, del cumplimiento de los nuevos requisitos de afiliación y presencia territorial. (NP-ChatGPT-Ex Ante)