Pleno de la Convención rechaza sistemas jurídicos paralelos

Pleno de la Convención rechaza sistemas jurídicos paralelos

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A horas de cumplirse cuatro meses desde el inicio del debate constituyente, la Convención Constitucional vivió su primera jornada de votaciones particulares en el pleno, instancia en que se definirían las primeras normas que integrarán el proyecto de nueva Constitución.

El órgano constituyente sometía a votación 14 artículos incluidos en el informe elaborado por la Comisión de Sistemas de Justicia ya aprobado en general el martes de esta semana.

Entre los temas incluidos en este informe están la función jurisdiccional, el pluralismo jurídico, la independencia jurisdiccional, el derecho a la justicia, el principio de responsabilidad jurisdiccional y la paridad.

Hasta el cierre de esta edición, el pleno rechazó uno de los dos artículos referidos al pluralismo jurídico. En concreto, el que fue descartado fue el artículo 2, que establecía que “el Sistema Nacional de Justicia coexiste, en un plano de igualdad, con los Sistemas Jurídicos Indígenas”. Como fue apoyado por más de la mitad del pleno (93), el artículo será devuelto a la Comisión de Sistemas de Justicia para recibir modificaciones, para luego ser votado por el pleno nuevamente.

La iniciativa contó con el respaldo del Frente Amplio, los escaños reservados de pueblos originarios, Chile Digno, parte de Independientes No Neutrales, Movimientos Sociales Constituyentes, la Coordinadora Plurinacional y Pueblo Constituyente. Votaron en contra 58 convencionales de los colectivos de derecha y centroderecha, el Colectivo Socialista, el Colectivo del Apruebo y parte de Independientes No Neutrales.

Poco después, a las 19,20, la Convención dio por aprobado el primer inciso del artículo 15, que también esboza el concepto de “pluralismo jurídico”, el que quedará plasmado en el proyecto de nueva Constitución. En concreto, se aprobó por 110 votos a favor, 41 y en contra y una abstención que “la función jurisdiccional se define en su estructura, integración y procedimientos conforme a los principios de plurinacionalidad, pluralismo jurídico e interculturalidad”.

Este inciso difiere del artículo 2, pues establece la plurinacionalidad y el pluralismo como principio y no establece la existencia a nivel constitucional de dos sistemas de justicia paralelos, uno nacional y otro indígena.

En defensa del artículo rechazado, la convencional Rosa Catrileo (Pueblo Mapuche) sostuvo dentro de su intervención: “Reconocer el derecho propio indígena no es una gran novedad en la discusión jurídica. Ya en 2004 la Corte Interamericana (…) tomó en cuenta la cosmovisión indígena (…). La negatividad de reconocer el pluralismo jurídico no tiene otro fundamento que la ignorancia o la intención de seguir con la asimilación como una política de Estado”.

Sobre la posibilidad de instalar el principio de pluralismo jurídico, la convencional Ruth Hurtado (Vamos por Chile), quien votó en contra del artículo 2, señaló: “No estamos de acuerdo con tener justicias paralelas, ya que necesitamos dar certezas jurídicas y que no haya chilenos de primera y de segunda clase”.

Como el artículo fue rechazado, también se descartó la indicación del convencional Ruggero Cozzi (RN-Evópoli-Ind), que especificaba que las autoridades de pueblos indígenas solo ejercerán “jurisdicción respecto de los miembros de su pueblo o comunidad”. Sobre esta idea, Cozzi justificó: “Se puede contemplar una jurisdicción indígena, pero es importantísimo que tenga límites muy definidos: respeto a los DD.HH, que la justicia indígena solo sea aplicable entre indígenas y que siempre exista derecho de opción para recurrir a los tribunales ordinarios”.

Esta indicación presentada por Cozzi dejó en evidencia un vacío reglamentario, pues varios convencionales –Cozzi incluido- manifestaron en el pleno que no tenía sentido votar una indicación si el artículo fue rechazado en su totalidad. Para resolver este asunto, la mesa directiva hizo una pausa al debate que se extendió por casi una hora.

Al regreso, por 132 votos a favor, 18 en contra y una abstención, el pleno aprobó el inciso primero del 11 artículo del informe, sobre el principio de responsabilidad, que establece que “las juezas y jueces son personalmente responsables por los delitos de cohecho, falta de observancia en materia sustancial de las leyes que reglan el procedimiento y, en general, por toda prevaricación, denegación o torcida administración de justicia”.

Asimismo, con 119 votos a favor, 29 en contra y cuatro abstenciones, se aprobó en su totalidad el artículo 13 del informe elaborado por la comisión, sobre principios de justicia abierta. En concreto, este explicita que la función jurisdiccional se “basa en los principios rectores de la justicia abierta, que se manifiesta en la transparencia, participación y colaboración (…)”.

El inciso primero del artículo 14, sobre los principios de paridad y perspectiva de género dentro de la función jurisdiccional, fue aprobado en particular por 112 votos a favor, 24 en contra y 16 abstenciones. En tanto, el inciso segundo del mismo artículo, referido a que “el Estado garantiza que los nombramientos en el Sistema Nacional de Justicia respeten el principio de paridad (…)” también fue aprobado, por 115 votos a favor, 17 en contra y 20 abstenciones. Por último, el inciso tercero, que especifica que los tribunales deben resolver con enfoque de género, fue aprobado por 108 votos a favor.

LO QUE ESTÁ EN JUEGO

Durante esta jornada de votaciones resultaron clave los puntos de coincidencia entre la centroderecha, el Colectivo Socialista y el Colectivo del Apruebo. Entre estos tres grupos alcanzan un total de 61 convencionales, suficientes para impedir que una norma sea aprobada por 2/3.

A medida que las conversaciones avanzaban, se hizo evidente que al menos tres de los temas tratados en el informe de Sistemas de Justicia no congregaban el quórum necesario para ser aprobados.

En concreto, el inciso primero del artículo número uno, sobre la función jurisdiccional, es rechazado por la derecha, el Colectivo Socialista, el Colectivo del Apruebo y parte de Independientes No Neutrales y del FA. Según argumentan, debido a que menciona que la jurisdicción debe actuar en conformidad con los “estándares internacionales de derechos humanos”. Sin embargo, a juicio de sus detractores, el hablar de “estándares” y no “tratados” abre el espacio a la interpretación y podría generar el efecto de “empoderar el gobierno de los jueces”.

Sobre este artículo, el convencional Fernando Atria (FA) señaló: “Rechazar un artículo en este momento no es manifestar una voluntad contraria a la regla contenida, sino crear el espacio para corregir algunos de sus problemas. Invito a considerar la posibilidad de rechazar el artículo uno, para que vuelva a ser discutido en la comisión y alcance una mejor formulación”.

Entre la derecha, el Colectivo Socialista y el Colectivo del Apruebo también coinciden en rechazar el artículo siete, sobre la inexcusabilidad e indelegabilidad, que postula que, reclamada su intervención en la forma legal y sobre materias de su competencia, los órganos que ejerzan jurisdicción “no podrán excusarse de ejercer su función en un tiempo razonable (…)”. Asimismo, están de acuerdo en rechazar el artículo sobre el principio de responsabilidad jurisdiccional, pues acusan que “su redacción es confusa”.

“Nosotros votamos en general a favor de la mayoría de las disposiciones contenidas en el informe, porque creemos que las materias de las cuales se hacen cargo son las correctas. Pero se puede mejorar”, señaló el convencional Andrés Cruz (CS) durante su intervención, explicando lo que ocurrió con su colectivo, que aprobó en general el informe de la comisión, aunque rechazó varias de sus disposiciones.

“No lo hacemos como obstáculo, como prejuicio, con resentimiento ni venganza. Simplemente porque queremos colaborar, queremos dialogar y hacer que esto sea mejor”, sentenció.

En esta misma línea, Christian Viera (FA), quien es uno de los coordinadores de la Comisión de Sistemas de Justicia, afirmó: “Puede que algunas de estas normas sean rechazadas (…). Es la oportunidad para que el texto sea corregido y así ofrecer el mejor texto. Por lo mismo, quiero restar dramatismo a la posibilidad de que exista rechazo, no pasa nada”. (La Tercera)

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