La reforma constitucional referida a un nuevo estado de excepción propuesto por el Ejecutivo para combatir con mayor eficacia al crimen organizado ha sido calificada como “iliberal”, dada las restricciones de derechos y libertades que las excepcionalidades importan. Pero no se ha dimensionado que tales limitaciones solo afectarían temporalmente los derechos ciudadanos en el territorio, área o polígono puesto bajo excepción y no a todo el país, tal y como han funcionado los reiterados estados de emergencia en la macrozona sur. A mayor abundamiento, la propia Ley Orgánica Constitucional de Estados de Excepción (Ley 18.415) declara que el Jefe de la Defensa Nacional ejerce sus atribuciones “dentro de la respectiva jurisdicción”. Es decir, las apresuradas críticas al proyecto pasan por alto que la actual legislación tiene mecanismos vigentes de aún mayor alcance que la “iliberal” propuesta del Gobierno. (Red NP)

Adso de Melk