Nueva Convención

Nueva Convención

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Comparto la afirmación del profesor Rodrigo Correa (jueves) en el sentido de que las disposiciones sobre “Procedimiento para elaborar una Nueva Constitución Política de la República” serían “un caso de normas destinadas a ser cumplidas una sola vez, cuyo efecto se encuentra agotado”. Hago míos sus argumentos.

Lo que cabe, pues, es definir qué ocurriría ante un eventual triunfo del Rechazo en el plebiscito de salida. Descartada la tesis de la obligatoriedad de la Convención en virtud de las normas vigentes, lo más democrático pareciera ser que la propia ciudadanía se pronuncie entre una Comisión de Expertos, el Congreso Nacional (que, junto con el Presidente de la República, poseen el poder constituyente derivado) o una nueva Convención, en los tres casos anteriores acompañado de un plebiscito ratificatorio.

Comparto también la tesis del Presidente Boric de que en tal caso lo más conveniente sería una nueva Convención. Hace suya la afirmación del exsenador Pablo Longueira de febrero pasado, en esta misma página, en el sentido que, de ganar el Rechazo, se debería convocar a una Nueva Convención: “Así el Rechazo no sería la continuidad de la actual, sino una nueva oportunidad para redactar la Casa de Todos”.

Discrepo, sin embargo, del Presidente de que ello significaría “prolongar este proceso por un año y medio más, donde va a tener que discutirse todo de nuevo a partir de cero”. Propongo una nueva Convención por un período de seis meses (ni un día más, el debate constitucional ya se hizo), con 70 miembros (al igual que la Asamblea Constituyente de Colombia en 1991), elegidos en una circunscripción nacional por listas cerradas (sin “listas” de independientes), y con elección de escaños reservados para pueblos indígenas en proporción a su participación electoral (y no como ocurrió en abril de 2021, en que con el 22% de participación electoral se proveyó el 100% de los escaños). (El Mercurio Cartas)

Ignacio Walker