Los tres ministros titulares del Primer Tribunal Ambiental se inhabilitaron para intervenir en las reclamaciones relacionadas con el proyecto de prospección minera El Alto, conocido por sus detractores como “Pascua Lama 2.0”, luego de que el sitio web del organismo publicara anticipadamente una nota que daba cuenta del rechazo de medidas cautelares solicitadas por comunidades de Alto del Carmen.

La publicación apareció el miércoles 23 de septiembre, cuando los reclamantes todavía esperaban un pronunciamiento formal sobre las cautelares y, según los antecedentes expuestos por sus abogados, en el expediente judicial no figuraba una resolución que comunicara esa decisión. La información fue posteriormente retirada del sitio del tribunal.

Un día después, los ministros titulares Alamiro Alfaro Zepeda, Sandra Álvarez Torres y Marcelo Hernández Rojas se inhabilitaron. Los tres invocaron como causal haber “manifestado de cualquier modo dictamen sobre la cuestión pendiente, con conocimiento de ella, vinculada con la solicitud de medida cautelar”.

El proyecto El Alto pertenece a Compañía Minera Nevada SpA, filial de Barrick Gold, y considera 62 pozos de sondaje de diamantina distribuidos en 43 plataformas en la alta cordillera de la comuna de Alto del Carmen, a unos 4.000 metros sobre el nivel del mar. La iniciativa contempla una inversión de US$35 millones y busca determinar la factibilidad técnica de una eventual explotación minera.

La prospección se emplaza en terrenos asociados al antiguo proyecto Pascua Lama, cuya construcción fue detenida en 2013 luego de incumplimientos ambientales. En 2018, la Superintendencia del Medio Ambiente resolvió su clausura total y definitiva, decisión posteriormente confirmada por el Primer Tribunal Ambiental.

En febrero de 2022, además, la Corte Suprema calificó como “ilegales y arbitrarias” labores de sondaje desarrolladas entre 2020 y 2021 y estableció que las faenas permitidas debían estar destinadas al cumplimiento de la clausura. Según el fallo citado, la minera había utilizado plataformas existentes del proyecto e incluso realizado trabajos para rehabilitarlas estructuralmente.

Estos antecedentes sustentan parte de los cuestionamientos de la Comunidad Indígena Diaguita Alta Cordillera, el Comité Ambiental Comunal de Alto del Carmen y la Comunidad Agrícola Diaguita Los Huascoaltinos, que impugnaron la aprobación ambiental de El Alto y solicitaron suspender sus efectos antes del comienzo de las obras.

La controversia aumentó luego de conocerse que el relator de la causa, Álvaro Funes Palacios, trabajó anteriormente durante cinco años como jefe de Asuntos Legales en Compañía Minera Zaldívar, según los antecedentes profesionales citados en la investigación periodística. Barrick Gold posee una participación del 50% en esa compañía.

Los reclamantes sostienen que ese vínculo profesional previo debería ser examinado ante un eventual conflicto de interés. No obstante, los antecedentes expuestos no establecen por sí mismos que haya existido una actuación irregular del relator ni que su trayectoria laboral anterior haya influido en la tramitación de las causas.

Bruno Barrientos, abogado de la Comunidad Indígena Diaguita Alta Cordillera, afirmó que los litigantes contactaron al tribunal después de advertir la publicación, debido a que la supuesta decisión no aparecía en el expediente ni había sido notificada. Según su relato, posteriormente la información fue retirada.

El abogado también cuestionó el tiempo empleado para resolver las medidas cautelares y sostuvo que el tribunal disponía desde comienzos de agosto de informes solicitados al Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin) y a la Dirección General de Aguas. Barrientos manifestó sospechas de que la demora pudiera haber sido deliberada, afirmación que corresponde a la interpretación de los reclamantes y no a un hecho acreditado.

Karinna Fernández, abogada que ha representado a vecinos de Alto del Carmen en otras acciones vinculadas al proyecto, sostuvo que lo sucedido afecta la confianza en la administración de justicia y planteó que la Corte Suprema debería revisar los antecedentes.

Tras las inhabilitaciones, el secretario abogado del Primer Tribunal Ambiental, Gonzalo Vergara Araya, certificó el envío de las causas al Segundo Tribunal Ambiental, con sede en Santiago, conforme a las disposiciones de la Ley N° 20.600 para situaciones en que un tribunal ambiental no puede reunir a sus integrantes.

Los reclamantes también han planteado dudas sobre una eventual inhabilitación en esa instancia, debido a vínculos familiares mencionados respecto de una integrante del Segundo Tribunal Ambiental y un ejecutivo de Minera Zaldívar. Una eventual incompatibilidad, sin embargo, deberá ser determinada conforme a las reglas aplicables y no puede darse por establecida únicamente a partir de esa relación.

Consultado por la Unidad de Investigación de Bío Bío, el Primer Tribunal Ambiental señaló que sus ministros acordaron por mayoría no realizar pronunciamientos adicionales a aquellos incorporados formalmente a los expedientes, debido a que se trata de causas judiciales actualmente en tramitación.

El organismo agregó que reforzó “sus protocolos y procedimientos internos asociados a la comunicación de decisiones jurisdiccionales y al debido resguardo de los deberes y garantías inherentes al ejercicio de su función jurisdiccional”.

Con el traslado de los expedientes, corresponderá ahora al Segundo Tribunal Ambiental continuar la tramitación y resolver las controversias pendientes relacionadas con el proyecto El Alto. (NP-ChatGPT-Bio Bio)