Las normas más controvertidas del borrador constitucional

Las normas más controvertidas del borrador constitucional

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Este sábado, el pleno de la Convención votará el último informe proveniente de las comisiones permanentes, entrando así en la etapa final del proceso constitucional: definir las normas transitorias y armonizar los artículos del borrador que deberán presentar el 5 de julio.

  • El fin del trabajo iniciado el 4 de julio de 2021 ocurre en un complejo escenario para la Convención: distintas encuestas muestran un alza de la opción Rechazo frente al Apruebo en el plebiscito de salida del 4 de septiembre.
  • Se trata de casi un año de trabajo que dejó cerca de 500 artículos en el borrador, y disputas asociadas a varios de estos.

A continuación, 8 de las normas más controversiales y las polémicas detrás de esos artículos.

  1. Pensiones: “La ley establecerá un Sistema de Seguridad Social público”, dice el artículo aprobado por el pleno en abril, que termina con el actual sistema de ahorro personal vía Administradoras de Fondos de Pensión (AFP). “Los recursos con que se financie la seguridad social no podrán ser destinados a fines distintos que el pago de los beneficios que establezca el sistema”.
  • La normativa fue criticada desde Chile Vamos, que pidió asegurar la inexpropiabilidad de los fondos de pensiones en la Constitución. La petición tuvo eco en La Moneda, que en abril ingresó un proyecto de reforma constitucional sobre la materia, cuando buscaba los votos de la derecha para su proyecto del quinto retiro de los fondos de pensión (que de todas formas se rechazó). El pleno, en cambio, rechazó una indicación sobre este punto. El argumento de los convencionales oficialistas fue que nunca se planteó expropiar los fondos en la discusión.
  • La polémica siguió esta semana, a propósito de la heredabilidad de los fondos. “No se hereda, porque no es tu plata, es plata del sistema para pagar pensiones”, dijo el convencional Daniel Stingo, del Frente Amplio (FA), en un punto de prensa, sobre el nuevo sistema.
  • El convencional Bernardo Fontaine (independiente pro RN), viralizó esa respuesta y agregó en sus redes. “Eso es muy injusto, porque los ahorros previsionales vienen de sus cotizaciones, y las cotizaciones vienen de los sueldos, del esfuerzo de cada uno”.
  1. El agua: “El Estado velará por un uso razonable de las aguas. Las autorizaciones de uso de agua serán otorgadas por la Agencia Nacional de Aguas, de carácter incomerciable, concedidas basándose en la disponibilidad efectiva de las aguas, y obligarán al titular al uso que justifica su otorgamiento”, dice un artículo aprobado por el pleno, junto a otro que declara que “el agua, en todos sus estados” es un bien “inapropiable”.
  • “Hemos consagrado al agua como un derecho humano fundamental, también el derecho al saneamiento y consagramos una nueva institucionalidad que va a tener un rango de autonomía”, dijo este viernes la convencional Vanessa Hoppe (Movimientos Sociales Constituyentes). “Esto viene a cambiar el carácter que actualmente tiene el agua, que está absolutamente privatizada”.
  • Si bien las normas aprobadas no explicitaron lo que ocurrirá con la propiedad sobre los derechos de aprovechamiento de agua vigentes, desde Chile Vamos sostuvieron que el camino está trazado. “Todo depende de los artículos transitorios (…), pero, en la práctica lo que están buscando es que se acabe la propiedad sobre derechos de agua”, dijo en abril el convencional Rodrigo Álvarez (UDI), integrante de la comisión de Medio Ambiente.
  • La Sociedad Nacional de Agricultura (SNSA) advirtió que se necesitarán miles de millones de dólares para pagar por una eventual expropiación y sostuvo que el fin de los derechos de aprovechamiento afectará a más de 2 millones de empleos directos e indirectos en la agricultura.
  1. Plurinacionalidad: “Chile es un Estado Plurinacional e Intercultural que reconoce la coexistencia de diversas naciones y pueblos en el marco de la unidad del Estado”, dice una de las normas aprobadas por el pleno.
  • El concepto —que declara la existencia de más de una nación en un mismo estado— es uno de los que más controversia ha generado en la Convención. Mientras convencionales de escaños reservados para los pueblos originarios aseguran que busca compensar la inequidad actual del sistema, en Chile Vamos sostienen que afecta la igualdad ante la ley y copia a constituciones como la boliviana.
  • En marzo, el convencional Félix Galleguillo (pueblo atacameño) usó una intervención en el pleno para cantar “Plurichile es tu cielo azulado”, advirtiendo que se trataba de “una propuesta para un nuevo inicio de himno nacional”.
  1. Justicia indígena: “El Estado reconoce los sistemas jurídicos de los Pueblos Indígenas, los que en virtud de su derecho a la libre determinación coexisten coordinados en un plano de igualdad con el Sistema Nacional de Justicia”, dice el artículo enviado en marzo al borrador constitucional. Luego se estableció que la Corte Suprema podría revisar los fallos de la justicia indígena.
  • La convencional mapuche Rosa Catrileo sostiene que esta norma, y las que declaran las autonomías territoriales indígenas, restitución de tierras y las que dan escaños reservados “significan participar de manera igualitaria en la distribución del poder”, al equilibrar la cancha en la nueva Carta Fundamental. “En la Constitución pasada era como si no existiéramos”.
  • “Estos artículos crearán a chilenos de primera categoría y segunda categoría, y dejará a quienes no se consideren indígenas en la lista de espera de sus demandas por vivienda, salud y educación”, dice por el contrario el convencional Arturo Zúñiga (UDI). “Los privilegios concedidos a los que sean considerados indígenas dejarán sin recursos al Estado para cumplir con el resto”.
  • A las diferencias políticas por estas normas se suman las dudas sobre el momento de su aplicación. “No quedó con norma transitoria en la Comisión. Por tanto, entraría en vigencia en forma inmediata”, dice el documento entregado este jueves a la mesa por la Corte Suprema. “Pareciera necesario establecer normas mínimas que regulen la fase de transición en materia de fuentes, procedimientos y sistema recursivo de la justicia indígena”.
  1. Policías no militares. “Las policías dependen del ministerio a cargo de la seguridad pública y son instituciones policiales, no militares”, dice un artículo enviado este mes al borrador.
  • “Hay cambios estructurales que se tienen que realizar. Mayor control civil, mayor transparencia, una mayor formación enfocada en los derechos humanos, otra percepción del orden público. Eso se acerca mucho más a una policía moderna y democrática, que a un formato de trabajo militar”, dijo tras el pleno el convencional Ricardo Montero (Colectivo Socialista).
  • “Eliminar el carácter militar de Carabineros va a llevar a mucha gente a percibir que la nueva Constitución está debilitando las capacidades del Estado para hacer frente a la lucha contra la delincuencia y por cierto que eso es un elemento negativo para muchas personas”, sostuvo el convencional Ruggero Cozzi (RN).
  1. El fin del Senado: “Sólo son leyes de acuerdo regional las que reformen la Constitución; las que regulen la organización, atribuciones y funcionamiento de los Sistemas de Justicia, del Poder Legislativo y de los órganos autónomos constitucionales; las que regulen los estados de excepción constitucional; las que creen, modifiquen o supriman tributos o exenciones y determinen su progresión y proporcionalidad; las que directamente irroguen al Estado gastos cuya ejecución corresponda a las entidades territoriales; las que implementen el derecho a la salud, derecho a la educación y derecho a la vivienda”, dice el artículo aprobado por el pleno el viernes 6 de mayo, que definió las atribuciones de la Cámara de las Regiones que reemplazará al Senado.
  • Hasta ese día el Senado sólo había cambiado de nombre, pero sin que se definieran sus nuevas características, por lo que esa fecha puede asignarse para el término de una tradición de 2 siglos en Chile.
  • Esa votación zanjó la instalación del sistema de poderes asimétrico entre ambas cámaras que venía proponiendo la coalición oficialista en la Convención desde febrero. Un acuerdo alcanzado ese mes y otro en marzo fracasaron luego de que el Colectivo Socialista se distanciara de estos frente a las críticas surgidas desde la centro izquierda diciendo que la propuesta correspondía a un unicameralismo disfrazado.
  • La controversia duró hasta este viernes 13, ya que un artículo rechazado el 6 que permitía al Congreso de Diputadas y Diputados insistir en propuestas en comisiones mixtas pese al rechazo de la Cámara de las Regiones, se votó nuevamente, con otra redacción, tras ser repuesto en el informe de la comisión de Sistema de Justicia. La norma se rechazó luego de que Chile Vamos y el Colectivo del Apruebo acusaran que se trataba de una “trampa” y amenazaran con acudir a la Suprema.
  • El Frente Amplio y el Partido Comunista analizarán si reponer la norma en la comisión de Armonización, argumentando que se trata de una incongruencia en sistema político, lo que habilitaría a esa comisión (encargada de resolver contradicciones, entre otras funciones) para verla.
  1. Interrupción del embarazo: “El Estado garantiza el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos sin discriminación, con enfoque de género, inclusión y pertinencia cultural, así como el acceso a la información, educación, salud, y a los servicios y prestaciones requeridos para ello, asegurando a todas las mujeres y personas con capacidad de gestar, las condiciones para un embarazo, una interrupción voluntaria del embarazo, parto y maternidad voluntarios y protegidos”, dice una norma enviada al borrador en marzo, que fue celebrada por agrupaciones feministas reunidas entorno al ex Congreso.
  • “Se requerirá de una ley que garantice la seguridad de los procedimientos médicos en los servicios y prestaciones necesarios para el ejercicio de este derecho y, por tanto, deberá considerar también plazos para el ejercicio de este derecho”, dijo entonces la convencional Constanza Schönhaut (FA).
  • “Tal como está redactado el inciso segundo del artículo 16, es una norma tremendamente amplia, vaga. Que no solo no mandata al legislador, sino que le impediría establecer plazos y condiciones para la interrupción voluntaria del embarazo”, aseguró Fuad Chahin (DC).
  1. Sintiencia animal: “Los animales son sujetos de especial protección. El Estado los protegerá, reconociendo su sintiencia y el derecho a vivir una vida libre de maltrato. El Estado y sus organismos promoverán una educación basada en la empatía y en el respeto hacia los animales”, dice la norma aprobada en marzo que da rango constitucional a la capacidad de sentir de los animales.
  • La norma fue criticada desde organizaciones de rodeo que plantean que los animales efectivamente sienten pero que la pregunta es si ese reconocimiento constitucional puede derivar en prohibir esta práctica y otras como las carreras de galgos. (Ex Ante)

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