El 29° Juzgado Civil de Santiago dictó una sentencia que obliga al Hospital del Salvador a pagar una indemnización de 70 millones de pesos por daño moral a la familia de un paciente fallecido. El fallo, emitido por el magistrado Matías Franulic, determinó la responsabilidad del recinto asistencial debido al manejo deficiente de una úlcera por presión en la zona sacra que afectó al afectado durante su hospitalización.
La resolución judicial se fundamentó en pruebas que demostraron que el paciente ingresó al servicio de urgencias sin lesiones en la piel en junio de 2021. No obstante, una auditoría interna y la ficha clínica revelaron que la institución realizó una evaluación de riesgo errónea, catalogando al paciente en un nivel bajo de peligrosidad pese a sus antecedentes médicos y hospitalizaciones previas, lo que derivó en una falta de cuidados preventivos adecuados.
El tribunal estableció que la lesión evolucionó negativamente hasta cubrir una superficie de 20 por 25 centímetros, provocando necrosis de tejidos y exposición ósea. Según el fallo, este agravamiento se vincula directamente con una atención que no cumplió con los protocolos científicos ni con la lex artis médica, causando un sufrimiento evitable que comprometió las posibilidades de mejoría del paciente.
La indemnización total se desglosa en montos destinados a la cónyuge y los hijos del fallecido, los cuales deberán ser cancelados con los reajustes correspondientes según la variación del Índice de Precios al Consumidor. La sentencia reafirma que la prevención de este tipo de lesiones es un indicador clave de la calidad de los cuidados de enfermería y que, en este caso, la omisión de tales medidas constituyó una falta de servicio legalmente sancionable. (NP-Gemini-Emol)
