La “modernización tributaria”, recientemente presentada, tiene diferentes aspectos. Por razones de espacio abordaré sólo la nueva propuesta de integración tributaria. Esta no produce equidad horizontal, como ha señalado el Ejecutivo. Al contrario, consagra un trato tributario diferente para las rentas del capital versus las del trabajo. ¿Es esto inapropiado? No necesariamente.
El trato tributario preferente al ahorro de las empresas puede justificarse si, y sólo si, los fondos internos son complementarios y no sustitutos de los fondos externos en el financiamiento de la inversión. Es plausible que haya complementariedad, dado que el sistema financiero muchas veces exigirá colaterales, además de garantías reales, para limitar su exposición a un proyecto de inversión. La postergación del pago de impuestos puede así, si es usada para generar ese colateral, viabilizar inversiones que de otro modo no serían factibles.
Pero la postergación no equivale a dar un crédito a la empresa por los impuestos pendientes a plazo infinito y a costo cero, como hace la fórmula de integración presentada. Por el contrario, el sistema semi integrado vigente es una fórmula para cobrar, al retiro, por ese tratamiento particular que reciben las rentas del capital. En éste, según el plazo en que se repartan las utilidades retenidas y la rentabilidad obtenida con esos fondos, a los socios de la empresa les podrá o no convenir retener utilidades -y postergar impuestos- para cofinanciar sus inversiones y pagar mayores impuestos cuando retiren. En la fórmula presentada, a la empresa siempre le convendrá retener utilidades, así sea para depositarlas en el sistema financiero, lo que es prueba de una clara discriminación en contra de los ahorros de los trabajadores.
El punto, entonces, es lograr un equilibrio entre el presumible incentivo a la inversión de postergar impuestos al capital y el trato tributario equitativo entre ingresos del capital y del trabajo.
El esquema semi integrado fue un intento, pero hay otras fórmulas. Cobrar un interés a los impuestos postergados junto a un plazo máximo para los retiros es otra avenida que cabe explorar. En ésta, el Estado cofinancia y recibe intereses, y la empresa gana si la rentabilidad de los proyectos es mayor que dichos intereses. Y no hay discriminación alguna con el trato a los ingresos del trabajo.
Tengamos un debate serio sobre este importante punto. Poco ayuda que el Ejecutivo presente las cosas de un modo evidentemente erróneo. (La Tercera)
Nicolás Eyzaguirre