Los ministros de Hacienda, Nicolás Grau, y del Trabajo, Giorgio Boccardo, encabezaron este miércoles la firma del acuerdo de reajuste para el sector público tras alcanzar un entendimiento con la mayoría de las organizaciones de la Mesa del Sector Público (MSP) y la Central Unitaria de Trabajadores (CUT). El eje central del proyecto es un aumento general nominal de 3,4%, cifra que se alinea con la variación del IPC y que se aplicará de forma gradual.

Para las remuneraciones más bajas, el pacto establece un alza nominal del 5%, la cual tendrá vigencia inmediata a partir de enero de 2026. Además, el acuerdo contempla un incremento proporcional en bonos y beneficios permanentes, junto con compromisos en materias de “trabajo decente”, el fortalecimiento de la carrera funcionaria y la diferenciación técnica entre cargos de carrera y de confianza política.

DIVISIÓN SINDICAL Y RESPUESTA DEL EJECUTIVO

A pesar del avance, la firma estuvo marcada por la fragmentación al interior del bloque sindical. Gremios de alto peso, como la ANEF y el Colegio de Profesores, optaron por no adherir al documento, evidenciando discrepancias con los términos alcanzados durante la madrugada.

Ante estas críticas, el ministro Nicolás Grau defendió la validez del proceso, señalando que la Mesa del Sector Público es un espacio diverso donde es normal que existan matices. “El Gobierno está convencido de que todas las organizaciones valoran aspectos fundamentales de este proyecto”, sostuvo el secretario de Estado, quien además destacó que, en una perspectiva de mediano plazo, los salarios públicos han acumulado un incremento real superior al 10% durante el actual periodo.

DESAFÍOS ANTE LA TRANSICIÓN DE GOBIERNO

Desde el mundo sindical, el presidente de la CUT se refirió a la futura relación con la administración del presidente electo, José Antonio Kast, especialmente ante los anuncios de posibles recortes presupuestarios. El dirigente aseguró que el movimiento sindical mantendrá su rol de interlocutor basándose en el diálogo social, independientemente del color político del Ejecutivo. “Una cosa son las campañas y otra el día a día del Gobierno”, precisó.

El proyecto de ley de reajuste será ingresado al Congreso en los próximos días para iniciar su discusión legislativa formal el 5 de enero, buscando garantizar que los beneficios lleguen oportunamente a los trabajadores del Estado.

RESTRICCIÓN DE DESPIDOS FUTUROS

El gobierno incluyó en el acuerdo un punto que desde ya se anticipa muy polémico, puesto que incorporó disposiciones que restringirían el despido futuro de funcionarios, justo antes del cambio de gobierno, y en línea con una petición expresa que había hecho la mesa de trabajadores del sector público.

Una primera norma dispone que la no renovación de contratas o su renovación en condiciones distintas en las subsecretarías, servicios públicos dependientes de los ministerios o que se relacionen con el Presidente de la República a través de ellos, delegaciones presidenciales, universidades estatales y municipalidades, “se realizará únicamente mediante acto administrativo fundado, con hechos y fundamentos de derecho, sustentado en criterios objetivos y acreditables, sin que baste la mera referencia formal a necesidades del servicio sin respaldo fáctico y específico”.

Asimismo, se establece que “los funcionarios con, al menos, dos años de servicios continuos podrán reclamar por vicios de legalidad con ocasión de la no renovación de su designación, o su renovación en condiciones distintas conforme al artículo 160 de la ley N° 18.834 o al artículo 156 de la ley N° 18.883, según corresponda. La Contraloría General de la República sólo podrá 2 abstenerse de resolver dichas reclamaciones, si el interesado ha interpuesto acciones jurisdiccionales en virtud de los mismos hechos”.

También se incorpora “una norma que regule al personal que preste asesoría directa en el gabinete del Presidente de la República, Ministros, Subsecretarios, Gobernadores Regionales, Delegados Presidenciales, Seremi y jefes superiores de servicios designados por el Presidente; respecto a su modalidad de contratación, causales de cese, límites a su número y remuneraciones, inhabilidades, mecanismos de transparencia y normas transitorias para su aplicación”. (NP-Gemini-Emol-La Tercera)