El pleno de la Corte Suprema de Chile remitió a la Cámara de Diputados un informe con observaciones al proyecto de ley de Reconstrucción Nacional y Desarrollo Económico y Social, advirtiendo la necesidad de introducir ajustes en las modificaciones propuestas al sistema de evaluación ambiental y al funcionamiento de los tribunales especializados.
Aunque el pronunciamiento no es vinculante para la tramitación legislativa, el máximo tribunal sostuvo que varios artículos del proyecto requieren una mayor precisión normativa y una mejor coordinación con la legislación vigente.
Uno de los principales reparos apunta al nuevo artículo 24 ter de la Ley N.º 19.300, que busca concentrar en la judicatura ambiental las impugnaciones a las Resoluciones de Calificación Ambiental. La Corte Suprema señaló que la redacción no aclara si se trata de una norma excepcional o de una modificación general al sistema, y advirtió que no se armoniza adecuadamente con las reglas sobre legitimación activa contempladas en la Ley N.º 20.600.
El informe también cuestiona el mecanismo que permitiría al Fisco restituir gastos directos y efectivos a inversionistas cuyas resoluciones ambientales hayan sido anuladas judicialmente. A juicio del tribunal, la propuesta debería exigir condiciones más estrictas, como la buena fe del titular, la ausencia de responsabilidad en el vicio detectado y la razonabilidad de los costos reclamados.
En materia procesal, la Corte consideró que la reclamación judicial contra el monto fijado por la comisión de peritos no presenta mayores objeciones, aunque recomendó precisar expresamente cuál será la Corte de Apelaciones competente para conocer estos recursos.
Respecto de las medidas cautelares, el proyecto establece un plazo inicial de 30 días, renovaciones fundadas y un límite máximo de seis meses para evitar paralizaciones indefinidas de proyectos con resolución ambiental favorable. La Corte Suprema estimó que esta regulación es coherente con la normativa vigente, pero advirtió que su aplicación no debe restar eficacia a la tutela cautelar ambiental.
En su análisis general, el tribunal valoró que la iniciativa busque otorgar mayor certeza jurídica, especialización jurisdiccional y racionalización de los procedimientos ambientales. Sin embargo, sostuvo que aún requiere ajustes relevantes en materias como legitimación activa, coordinación normativa, restitución de gastos y límites temporales de las medidas cautelares.
La Corte Suprema recomendó que estas observaciones sean consideradas durante la discusión legislativa para asegurar una regulación coherente y compatible con el marco jurídico ambiental vigente. (NP-ChatGPT-Emol)
