La Corte de Apelaciones declaró admisible el recurso de amparo presentado por la defensa de la senadora Camila Flores (RN), acción que busca establecer límites al acceso de la Fiscalía a los artículos e información incautados en el marco de la investigación que involucra a la parlamentaria.

Junto con admitir a tramitación la acción judicial, el tribunal de alzada ordenó que los jueces del Juzgado de Garantía de Valparaíso sean informados de la resolución y entreguen los antecedentes correspondientes dentro de un plazo de 24 horas.

El abogado de Flores, Luis Masferrer, explicó que el recurso pretende establecer límites a lo que calificó como una persecución penal indiscriminada contra su representada. El profesional argumentó que las diligencias investigativas deben estar relacionadas con hechos determinados y que las medidas que puedan restringir derechos fundamentales requieren autorización judicial previa.

Uno de los principales cuestionamientos de la defensa apunta a la extensión de la información que el Ministerio Público pretende revisar entre las especies incautadas. Según Masferrer, esta incluiría una libreta personal perteneciente a una hija menor de edad de la parlamentaria, quien no tendría relación con los hechos investigados.

El abogado planteó que la documentación perteneciente a la menor debería quedar expresamente excluida de la revisión y sostuvo que los datos personales y la privacidad de niños, niñas y adolescentes cuentan con una protección reforzada frente a eventuales injerencias.

La acción de amparo solicita además que la justicia establezca criterios concretos respecto de las fechas, materias y personas sobre las cuales la Fiscalía puede efectuar sus diligencias de revisión.

La defensa sostiene que estas delimitaciones son necesarias para impedir que el procedimiento se extienda hacia información privada que no tenga relación con los hechos que son materia de investigación.

Masferrer afirmó que una indagatoria penal no debería convertirse en una revisión general de la vida privada de una familia y planteó que resultaría pertinente conocer la posición de la Defensoría de la Niñez respecto del eventual acceso a información personal perteneciente a una menor.

La declaración de admisibilidad implica que la Corte tramitará y examinará el recurso presentado por la defensa, sin que ello constituya por sí mismo un pronunciamiento favorable respecto del fondo de las solicitudes formuladas por la parlamentaria. (NP-ChatGPT-La Tercera)