Las primeras discusiones sobre el proyecto de modernización tributaria enviado por el Gobierno se han centrado en el eventual efecto regresivo que tendría el establecimiento de un sistema único con integración completa. Los críticos de la propuesta basan su argumentación en que los principales beneficiados serían los socios de empresas de mayor tamaño, y que el código tributario vigente ya contempla incentivos especiales para las pymes (artículo 14 ter, que establece un régimen de tributación simplificada, siendo la base imponible la diferencia entre los ingresos y los egresos de la empresa). Lo que no se ha aquilatado debidamente en el debate es que de las 900 mil empresas con ventas anuales de hasta 50 mil UF que la ley define como potenciales beneficiarias de este régimen de tributación simplificada, solo el 24% del total calificaron como tales en la última Operación Renta. La mayoría (59%) lo hizo bajo la modalidad de renta atribuida, y las 150.533 pymes restantes tributaron bajo el esquema semiintegrado. En el caso de la renta atribuida, el crédito tributario obtenido es por el ciento por ciento de lo pagado por la empresa, pero aplicado a las utilidades totales obtenidas, las haya distribuido o no. Se da así el caso de emprendedores que han tenido que pagar impuestos a nivel personal por ingresos que no han retirado, enfrentando un complejo problema de caja. Y en el caso del régimen semiintegrado, el hecho de que el crédito tributario sea solo por el 65% de las utilidades retiradas, en forma automática les ha significado a sus socios ver incrementada su tasa impositiva en 9,45%, por encima de la que les corresponde de acuerdo a la escala del global complementario. Ante la dificultad práctica que enfrentan las empresas para cambiar su régimen de tributación, en el hecho los emprendedores han quedado «acorralados», con serios perjuicios en muchos casos, y enfrentando una evidente discriminación ante quienes reciben ingresos de otras fuentes, así como ante empresas extranjeras.
Frente a este problema, la propuesta de establecer un régimen de integración total, tributándose a nivel personal solo en base a los retiros efectivos o utilidades distribuidas de las empresas, va a representar un alivio importante para un gran número de emprendedores y pymes, y de paso va a permitir una más efectiva «equidad horizontal» (quienes ganan lo mismo, pagan los mismos impuestos). ¿Beneficia esto a los sectores más ricos del país? De acuerdo con antecedentes del SII, la reintegración del sistema tributario va a beneficiar a 300 mil personas que son socias de empresas acogidas al régimen semiintegrado, de las cuales 80 mil percibieron el año pasado ingresos que las ubican en el tramo exento de la escala del impuesto global complementario, casi 130 mil están ubicadas en el tramo del 4%, y 50 mil están en el grupo que paga 8% como tasa marginal. Y en todos estos casos, en el hecho están pagando una tasa adicional del 9,45%, ya que solo reciben crédito por el 65 por ciento de las utilidades que han retirado. Quienes están en el tramo superior del 35% de la escala, y que obviamente también se beneficiarían de la integración completa, serían aproximadamente 10 mil.
En lo que respecta a la «cláusula pyme» -que reemplazaría al actual 14 ter, que beneficia a empresas con ventas anuales de hasta 50 mil UF-, además de la integración completa, se contempla una disminución en la tasa del impuesto de 27% a 25%, y operaría en forma automática, sin que sea necesario tener que postular ni inscribirse para ello. Tampoco hace distinción en función de la estructura jurídica de la sociedad, deja fuera a las sociedades puramente financieras, pero sí permite que tengan entre sus socios o estén relacionadas con otras empresas que estén participando en esta pyme, con el propósito de promover el emprendimiento y la innovación. Esta opción no está contemplada en la legislación vigente, viéndose así castigadas tributariamente las que no pueden ingresar a este reducido «corral». Por último, cabe destacar también la opción que se abre para que los dueños de pymes puedan tributar únicamente en base a su tasa de impuesto global complementario, sin tener que financiar al fisco con recursos que posteriormente les serán devueltos.
Con todo, cabe destacar que a nivel global la reforma en cuestión tiene un fuerte cariz proemprendimiento. Siendo el acceso a financiamiento el principal problema que enfrentan las pymes y los emprendedores, y siendo la operación de su empresa la principal fuente de recursos, un sistema plenamente integrado y con una menor tasa de impuesto a las utilidades -en un contexto de mayor certeza jurídica- constituye un estímulo importante para quienes optan por el riesgoso pero fascinante camino de emprender. Que esto no se pierda de vista en la discusión. (El Mercurio)
Hernán Cheyre V.
Instituto de Emprendimiento U. del Desarrollo


